KORKINA, IULIIA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
La peticionante solicitó carta de ciudadanía por naturalización. El Juzgado Federal declaró a Iuliia Korkina ciudadana argentina por naturalización, ordenando extender el título respectivo y requerir el juramento, con anotaciones sobre el deber de enrolamiento y las causales de nulidad por fraude u ocultamiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Iuliia Korkina, DNI N° 96.337.753, nacida el 13 de marzo de 1990 en Cheliabinsk, Federación de Rusia.
Demandado: Actuación contra el Estado/solicitud dirigida al Juzgado; trámite de incorporación a la ciudadanía argentina (no se individualiza demandado concreto en la sentencia).
Objeto: Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización conforme la Constitución Nacional, Ley 346 y Decreto 3213/84.
Decisión: Se declaró a Iuliia Korkina ciudadana argentina por naturalización y se ordenó la extensión del título respectivo, condicionando la entrega al juramento y recordando las obligaciones y advertencias legales pertinentes.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos íntegramente tal como en la sentencia):
"Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, la Ley 346 y su decreto reglamentario 3213/84 para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina.
Por ello, oído el Ministerio Público Fiscal y atenta la expresa manifestación de voluntad expuesta por la peticionante, RESUELVO: Declarar ciudadana argentina por naturalización a IULIIA KORKINA, DNI N° 96.337.753, hija de Aleksandr KORKIN y de Svetlana KORKINA, nacida el 13 de marzo de 1990 en Cheliabinsk, Federación de Rusia, a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, haciéndole saber que tiene la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año, bajo el apercibimiento de lo dispuesto en el art. 35 de la Ley 17.671 (texto según leyes 22.435 y 24.755) a partir de la fecha de juramento. Asimismo, haciéndole saber que en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la Ciudadanía Argentina la existencia de algún impedimento legal sobrevendrá la situación prevista en el art 15 del Decreto 3213/84 que determina la anulación de la ciudadanía por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite para su obtención."
"Regístrese y notifíquese, y al Fiscal Federal en su público despacho. Comuníquese por cédula a la Dirección Nacional de Migraciones (art. 110, Ley 25.871) y por oficio a la Cámara Nacional Electoral, al Registro Nacional de las Personas, a la División de Análisis Legal de la Policía Federal Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto a fin de que por la vía pertinente comunique la concesión de la nacionalidad argentina al país de origen de la interesada. Fecho, ARCHIVESE."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente.
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