LYKOV, VIKTOR s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
El solicitante promovió petición de carta de ciudadanía argentina para ser declarado ciudadano. El Juzgado Civil y Comercial Federal n.º10 hizo lugar a la solicitud y declaró a VIKTOR LYKOV ciudadano argentino, con obligación de prestar juramento y de inscribirse en el plazo legal.
Actor: VIKTOR LYKOV, nacido el 05/06/1986 en Leningrado
- Viborgskiy (URSS).
Demandado: No consta parte demandada expresamente; se tramita la solicitud de carta de ciudadanía ante el Juzgado conforme a la normativa aplicable.
Objeto: Concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la correspondiente carta de ciudadanía.
Decisión: Se declaró ciudadano argentino a VIKTOR LYKOV y se ordenó expedir la carta de ciudadanía, con las advertencias legales pertinentes y oficio al RENAPER, Cámara Nacional Electoral y Dirección Nacional de Migraciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- "En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición del interesado."
- "Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio."
- "Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que el peticionario reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 y sus modificatorias para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona,"
- Fragmentos transcritos textualmente del decisorio (párrafos relevantes):
- "Se presentó VIKTOR LYKOV solicitando se le conceda la ciudadanía argentina, acompañando -a tal efecto
- la documentación que se encuentra agregada en autos."
- "En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 5 del decreto 3213/84, se dispuso el libramiento de los oficios que la mencionada norma indica, a fin de determinar si el peticionario se encuentra comprendido en alguna de las causales que impiden la obtención de la ciudadanía argentina, las que se indican en el artículo 3 del referido cuerpo legal."
- "Tales respuestas lucen agregadas en autos, conforme constancias digitales."
- "Asimismo, se ordenó la publicación de edictos, cuyo cumplimiento se encuentra acreditado."
- "1.
- Declarar ciudadano argentino a VIKTOR LYKOV, nacido el 05 de junio de 1986 en LENINGRADO
- VIBORGSKIY
- UNIÓN DE REPÚBLICAS SOCIALISTS SOVIÉTICAS, hijo de SERGEI LYKOV y de ELENA LYKOVA (conf. surge de la partida de nacimiento obrante en autos), a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435)."
- "2.
- Hágasele saber que la concesión de la nacionalidad argentina podría importar -según el tradicional principio de unicidad de nacionalidad del derecho internacional público
- la pérdida de su nacionalidad anterior y que, tal concesión, se hará saber por la vía pertinente a su país de origen."
- "Asimismo, que en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el artículo 15 del Decreto 3213/84 que determina la cancelación de la ciudadanía por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención."
- Votos en disidencia: No hay votos en disidencia consignados.
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