GONZALEZ NOEMI ANGELICA S/ SUCESION AB-INTESTATO
El pedido tramita en autos de sucesión abintestato para obtener la declaratoria de herederos de la causante Noemí Angélica González. El Tribunal declaró por derecho que le suceden como herederos universales sus hijos María del Carmen Terrei, Susana Elisabet Terrei y Pablo Andrés Terrei, en atención a la documentación presentada y al dictamen del Agente Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Los hijos y solicitantes María del Carmen Terrei, Susana Elisabet Terrei y Pablo Andrés Terrei.
Demandado: Sucesión de la causante Noemí Angélica González.
Objeto: Declaratoria de herederos en el expediente de sucesión abintestato, con inscripción y notificaciones pertinentes.
Decisión: Se declaró que por el fallecimiento de Noemí Angélica González, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos María del Carmen Terrei, Susana Elisabet Terrei y Pablo Andrés Terrei.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del Tribunal):
"Con el acta de defunción acompañada digitalmente a fs. 7, el fallecimiento de la causante NOEMI ANGELICA GONZALEZ, acaecido el 28/05/2024."
"Con las actas acompañadas digitalmente a fs. 3, los nacimientos de Maria del Carmen Terrei, el día 29/09/1956; Susana Elisabet Terrei, el día 30/09/1961; y Pablo Andres Terrei, el día 05/03/1971, fruto de la unión de Noemi Angelica Gonzalez y Vicente Américo Terrei."
"Con la certificación de fs. 21 la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 del CCCN, con las constancias de fs. 9, 11 y 15 el oficio que requiere la ley 10.205, el cumplimiento de la planilla que requiere la ley 7205 y el oficio al Registro de Testamentos."
"Por ello, en atención a lo solicitado, lo que prescriben los arts. 2424 y 2426 del CCCN y arts. 735 y 737 del CPCC, y lo dictaminado a fs. 28 por el Sr. Agente Fiscal, RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de NOEMI ANGELICA GONZALEZ, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Maria del Carmen Terrei, Susana Elisabet Terrei y Pablo Andres Terrei. NOTIFÍQUESE electrónicamente (conf. Acordada SCBA N° 4013), a las partes y al Agente Fiscal. REGÍSTRESE."
Adicional: "Déjese constancia que con respecto a la notificación al Ministerio Fiscal, se lo tendrá por consentido una vez vencido el plazo pertinente, sin necesidad de que deba emitir dictamen al respecto."
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