BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GALARZA FLAVIA KARINA S/ COBRO EJECUTIVO
Cobro ejecutivo por saldos impagos de tarjetas de crédito por más de $11.706.155.28. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó el cobro del capital reclamado con intereses desde la mora (04/08/2025), autorizó la capitalización semestral de intereses compensatorios y puso las costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Demandado: GALARZA FLAVIA KARINA.
Objeto: Cobro ejecutivo por saldos de tarjetas de crédito VISA (Cuenta N° 0697086750) y MASTERCARD (Cuenta N° 001710339-4) por incumplimiento, con fecha de mora 04/08/2025; capital reclamado $11.706.155,28 más intereses.
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución ordenándose llevarla adelante hasta tanto la demandada pague íntegramente el capital reclamado de $11.706.155,28 más intereses desde la mora (04/08/2025) hasta su efectivo pago; se autorizó la capitalización semestral de intereses compensatorios; se impusieron las costas a la demandada y se constituyó domicilio procesal en los estrados del Juzgado. Se dejó constancia y notificada la medida cautelar sobre inmueble.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, manteniendo el lenguaje del Tribunal):
"I) Que la demandada se encuentra intimada de pago, en el domicilio de la calle LOPEZ VICENTE FIDEL Nro. 2657 MORÓN , PROVINCIA DE BUENOS AIRES (ver diligencia INFORME POR MANDAMIENTO / MANDAMIENTO INFORMADO (247200431029327756) ), no obstante lo cual no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal otorgado, que se halla vencido. Por ello, en orden a lo dispuesto por los arts. 540, 545 y 549 del Cód. Procesal, corresponde mandar a llevar adelante la ejecucion:"
"II) Trátase del documento ejecutado de un saldo deudor por emisión de Tarjeta de crédito VISA (Cuenta N° 0697086750) suscripto entre la accionada y el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES con fecha de mora el día 04/08/2025 y un saldo impago de $9.091.922.19 y un saldo deudor por emisión de Tarjeta de crédito MASTERCARD (Cuenta N° 001710339-4) suscripto entre los nombrados con fecha de mora el día 04/08/2025 y un saldo impago de $ 2.614.233.09."
"III) Con relación a los intereses se aplicarán los pactados en el contrato de emisión de tarjeta de crédito desde la fecha de la mora indicada en el párrafo anterior (04/08/2025) hasta su efectivo pago, siempre que por todo concepto no superen la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones ordinarias de descuento a 30 días, vigente en los distintos períodos de aplicación (art. 16, 20,21 y cctes de la ley 25.065). Respecto de la capitalización de intereses solicitada, cabe indicar que el art. 770 inc. b) del C.C.C.N. autoriza la capitalización de intereses en aquellos casos en que la misma sea demandada judicialmente. Habiéndose acreditado dicha circunstancia según se desprende del punto III del escrito de inicio, corresponde hacer lugar a la capitalización requerida en forma semestral sobre los intereses compensatorios."
FALLO (extracto):
"1º) Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto GALARZA FLAVIA KARINA haga integro pago al acreedor BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de $ 11.706.155.28 (PESOS ONCE MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL CIEN CINCUENTA Y CINCO CON 28/100) con más los intereses devengados desde la fecha de constitución en mora (04/08/2025) hasta su efectivo pago, los que se calcularan en la forma prevista en el punto III. Con costas a la demandada (arts. 68 y 556 del C.P.C.C.)."
"2º) Imponiendo el pago de las costas a la accionada vencida, difiriendo la regulación de los honorarios para la oportunidad prevista por el art.51 de la Ley Arancelaria."
"3º) Tiénese por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 40 y 41 del CPCC) ..."
Adicional: "Agrégase, tiénese presente y hágase saber la medida cautelar trabada en autos. (art. 198 del CPCC)."
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