CHIRAMBERRO NATALIA ELIZABETH C/ NN Y/O OCUPANTES S/ ACCION REIVINDICATORIA
La actora promovió acción de reivindicación contra los ocupantes de dos inmuebles en Melchor Romero. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenando a devolver los inmuebles en 10 días y autorizando el auxilio de la fuerza pública ante el incumplimiento, con costas al demandado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Natalia Elizabeth Chiramberro.
Demandado: Cristian Andrés Domínguez y demás ocupantes (NN y/o ocupantes).
Objeto: Acción de reivindicación sobre dos inmuebles individualizados con Matr. 257.643 y Matr. 257.644 ubicados en calle 182 entre 517 y 518 s/n, Melchor Romero, Partido de La Plata; se solicita la restitución de la posesión y desalojo de los intrusos.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda por reivindicación; se condenó a los demandados a devolver los inmuebles y dejarlos desocupados dentro de los diez días de notificada la sentencia, autorizándose el auxilio de la fuerza pública en caso de incumplimiento; costas al demandado; regulación de honorarios en su oportunidad.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Corresponde señalar primeramente, que ya habiendo entrado en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, desde el 1 de agosto del año 2015 -art. 7, ley 26.994, conf. art. 1 ley 27077-, habrá que aclarar si corresponde juzgar este litigio con el marco legal con el cual nació -el Código Civil anterior
- o con el nuevo. Tal disquisición deberá disiparse desde lo dispuesto por el artículo 7 de la ley ahora en vigor, el cual señala en lo que interesa destacar que: 'A partir de su entrada en vigencia, las leyes se aplican a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes. Las leyes no tienen efecto retroactivo, sean o no de orden público, excepto disposición en contrario.'"
"Se destaca que acorde dispone el artículo 2758 del Código Civil 'La acción de reivindicación es una acción que nace del dominio que cada uno tiene de cosas particulares, por la cual el propietario que ha perdido la posesión, la reclama y la reivindica, contra aquel que se encuentra en posesión de ella'."
"En el presente, dada la documental acompañada, mas las constancias de las actuaciones que tramitaran en el Tribunal de Familia Nro 1 de este Departamento Judicial y que vinculara a las partes, como asimismo lo que surge de las diligencias preliminares, mas los efectos de la rebeldía declarada y firme, estimo que nada conmueve al progreso de la acción intentada."
"En cuyo mérito, teniendo la actora derecho a poseer la cosa, la ausencia de acreditación de cualquier hecho impeditivo a cargo de la parte accionada, justifica que la demanda de reivindicación sea admitida (arts. 354 inc. 1º, 384 y 456 del CPCC, 2758, 2759, 2772, 2774, 2776 Código Civil)."
FALLO (fragmento): "1) Haciendo lugar a la demanda por reivindicación promovida por Natalia Elizabeth Chiramberro; en consecuencia condenando a Cristian Andrés Domínguez y demás ocupantes, a devolver a la actora los inmuebles ... dentro del plazo de diez días de notificada esta sentencia, dejándola desocupada y en estado de que el demandante pueda entrar en su posesión, bajo apercibimiento de hacerlo con el auxilio de la fuerza pública. 2) Con costas al demandado, en su calidad de vencido (art. 68 C.Proc.)."
Fechas y hechos relevantes: la actora adquirió mediante escrituras fechadas 22 de junio de 2022 (escrituras nº 174 y 175); la ocupación irregular se habría iniciado aproximadamente el 8 de diciembre de 2020; plazo de 10 días para desocupar tras notificación.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: