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LEDESMA, CAROLINA V.C/ MARTINEZ,DANIEL O.;MARTINEZ, MIGUEL A.;DIEHL,JORGE E.Y AGROPECUARIA EL JAGÜEL S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió acción por daños y perjuicios por la muerte de Juan Paulo Bustamante atribuida al uso de una cosechadora. La Corte, por mayoría, rechazó los recursos extraordinarios de inaplicabilidad deducidos por Enrique Jorge Diehl y por Federación Patronal Seguros S.A., confirmando la valoración de hechos y criterios del tribunal de grado sobre guarda, culpa y cuantificación indemnizatoria.

Responsabilidad objetiva Guarda de la cosa Titular registral Venta y tradicion Cosechadora Valor vida Seguro automotores Exclusion de cobertura Interes de condena Recurso extraordinario de inaplicabilidad nota: se consignan los montos/fechas relevantes en el cuerpo (accidente: 5 de abril de 2007 Venta: 18/11/2005 Tradicion: 23/11/2005 Poliza n.? 7.512.367).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Carolina Vanesa Ledesma (coactora), en representación de derecho por el fallecimiento de Juan Paulo Bustamante. Demandado: Codemandados incluidos Daniel Oscar Martínez y Miguel Ángel Martínez (compradores/poseedores de la cosechadora), Enrique Jorge Diehl (vendedor / titular registral), Agropecuaria El Jagüel S.A., y las aseguradoras citadas en garantía (Federación Patronal Seguros S.A.; Berkley International S.A.). Objeto: Indemnización por el fallecimiento de Juan Paulo Bustamante —entre otros rubros, quedó subsistente el rubro "valor vida"— derivado de un accidente ocurrido el 5 de abril de 2007 con una cosechadora. Decisión: Por mayoría, la Suprema Corte rechazó los recursos extraordinarios de inaplicabilidad de ley interpuestos por Enrique Jorge Diehl y por Federación Patronal Seguros S.A., confirmando la estructura fáctica y la solución de la instancia de grado en la mayoría de sus aspectos; se desestimaron las impugnaciones sobre la exención de responsabilidad del titular registral, la cláusula excluyente del seguro, la cuantificación del "valor vida" y la tasa de interés aplicada. Se impusieron costas a los recurrentes.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes y decisivos): "En autos, se acreditó que la máquina cosechadora como cosa riesgosa que intervino en la producción del infortunio que ocasionó la muerte del esposo y padre de las aquí coaccionantes, resultaba de titularidad del señor Enrique Jorge Diehl, quien la vendió el día 18 de noviembre de 2005 a los señores Daniel Oscar y Miguel Ángel Martínez, y que la tradición de la cosa se llevó a cabo el 23 de noviembre de dicho año ... En estas condiciones, entiendo que -con acierto
- el impugnante demuestra que la doctrina legal cuya violación invoca ha sido transgredida a la vista del entramado de los hechos y la normativa jurídica que definen la perspectiva de análisis del presente caso..." (voto de la Jueza Kogan, III.2.c). "Por todo lo expuesto, corresponde hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley con los alcances indicados, y revocar la sentencia impugnada en cuanto condenó al codemandado Enrique Jorge Diehl y la referida compañía de seguros citada en garantía, disponiéndose el rechazo de la demanda a su respecto. Las costas ... son a cargo de la actora vencida, y las costas de la citación en garantía se imponen a dicho codemandado" (voto de la Jueza Kogan, III.4). [N.B.: este extracto forma parte del voto que propone revocar; sin embargo, la sentencia por mayoría rechazó los recursos; ver el voto mayoritario que sigue]. "No es de recibo el agravio que trae el impugnante dirigido a cuestionar lo resuelto por el tribunal de grado en cuanto juzgó configurada ... la responsabilidad objetiva del coaccionado Enrique Jorge Diehl ... Esta construcción argumental no ha sido idóneamente atacada por el recurrente ... la valoración de las pruebas ... constituye cuestión reservada a los jueces de grado y no revisable en casación, salvo absurdo" (voto del Juez Soria, I.1 y I.1.b). "En virtud de lo expuesto, corresponde rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído, con costas (art. 289, CPCC)." (voto del Juez Soria, III; y conclusión de sentencia).
- Observación sobre mayorías: la Suprema Corte votó mayoritariamente por la negativa respecto del recurso de Diehl y de Federación Patronal, con los votos de Soria, Torres, Budiño y Kohan; hubo voto en conflicto (Kogan) que entendía por la procedencia del recurso respecto de Diehl, pero la mayoría resolvió el rechazo.

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