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Incidente Nº 8 - DENUNCIADO: FLORES RIOS, ELISA CATALINA Y OTRO s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)

El Ministerio Público Fiscal y las defensas solicitaron la homologación de un acuerdo pleno por infracción a la ley 23.737 por comercialización y tenencia con fines de comercialización. El Juzgado homologó el acuerdo, condenó a Muñoz a 4 años de prisión efectiva y a Flores Ríos a 2 años de prisión en suspenso, dispuso decomisos y la destrucción de la sustancia incautada.

Acuerdo pleno Homologacion Ley 23.737 Comercio de estupefacientes Tenencia con fines de comercializacion Pena Reincidencia Decomiso Destruccion de estupefacientes Reglas de conducta

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Unidad Fiscal de Mendoza), con conformidad del Fiscal Revisor. Demandado: Elisa Catalina FLORES RÍOS (DNI 37.774.609) y Abel Leandro MUÑOZ SOSA (DNI 36.653.349). Objeto: Homologación de un acuerdo pleno celebrado en audiencia (arts. 323 y 324 CPPF) por hechos constitutivos de los delitos previstos en el art. 5 inc. c) de la Ley 23.737 (comercio y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización), y las penas y medidas acordadas. Decisión: Homologó el acuerdo pleno; condenó a Abel Muñoz a cuatro (4) años de prisión efectiva, multa de 45 unidades fijas y costas; declaró su reincidencia; condenó a Elisa Flores Ríos a dos (2) años de prisión en suspenso, multa de 22,5 unidades fijas y costas, imponiéndole reglas de conducta; ordenó decomiso de dinero, teléfonos y elementos secuestrados; dispuso el decomiso y destrucción de la sustancia estupefaciente; dejó constancia del cumplimiento del art. 58 CPPF y de la renuncia a plazos del art. 360 CPPF.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes del fallo, lenguaje original): "1) HOMOLOGANDO el acuerdo pleno en los términos que fue realizado de conformidad con lo previsto por el art. 324 del CPPF. 2) CONDENANDO a Abel Leandro MUÑOZ SOSA a la pena de cuatro (4) años de prisión efectiva, multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas y costas (DNI N° 41.643.887), por considerarlo autor penalmente responsable del delito previsto y reprimido por el 5, inc. c) de la Ley 23.737, en la modalidad de comercio de estupefacientes. 3) DECLARANDO la reincidencia del nombrado de conformidad con lo dispuesto por el art. 50 del C.P. 5) CONDENANDO a Elisa Catalina FLORES RÍOS a la pena de dos (2) años de prisión en suspenso, multa de 22,5 unidades fijas y costas, como responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización previsto en el artículo 5 inc. C) de la Ley 23737, en carácter de participe secundaria (art. 46 del C. Penal). 7) DISPONIENDO el decomiso del dinero en efectivo, teléfonos celulares, y elementos secuestrados. 8) DISPONIENDO el DECOMISO Y DESTRUCCIÓN de la sustancia estupefaciente incautada, medida que se llevará a cabo por el Ministerio Público Fiscal.;" "a. En cuanto a la acreditación de los hechos en su materialidad y autoría, al no haber sido controvertida la plataforma fáctica relatada por la representante del Ministerio Público Fiscal en la audiencia celebrada, y valorando los elementos de prueba recabados durante la investigación que fueron referidos supra, fue posible tener por corroborada la materialidad de la acción delictiva que se le endilga a MUÑOZ y FLORES." "c. En relación a la pena acordada por las partes, teniendo presentes las pautas generales que regulan la determinación de la sanción penal de los art. 40 y 41 del CP considero justa, equitativa y razonable, la pena solicitada y acordada por las partes."
- Votos en disidencia: No existen votos en disidencia en la presente resolución.

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