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Legajo Nº 13 - IMPUTADO: RIVERO, ESTEBAN DIEGO s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL

Legajo de ejecución penal por la condena de tenencia simple de estupefacientes al imputado Esteban Diego Rivero. La Cámara declaró cumplidas las reglas de conducta impuestas, tuvo por oblada la pena de multa de $225 y ordenó el archivo e intimaciones a Migraciones y fuerzas de seguridad.

Ejecucion penal Cumplimiento de reglas de conducta Multa oblada Tenencia simple Tribunal oral federal Patronato de liberados Archivo Notificacion migraciones Psa ushuaia Sentencia 22/06/2023

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Legajo de ejecución penal seguido a raíz de la Sentencia de fecha 22 de junio de 2023 dictada por el Tribunal Oral Federal (Legajo N° 13 / FCR 8792/2020). Demandado: Esteban Diego Rivero, DNI 29.199.665 (imputado/condenado). Objeto: Certificación del cumplimiento de las reglas de conducta impuestas en la condena y aplicación de lo dispuesto respecto de la pena de multa. Decisión: Tener por cumplidas las reglas de conducta; tener por oblada la pena de multa de $225; notificar a la Dirección Nacional de Migraciones y a la PSA Ushuaia; poner en conocimiento al Patronato; proceder al archivo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "I.
- Que mediante Sentencia de fecha 22 de junio de 2023 se resolvió CONDENAR a Esteban Diego Rivero, titular del DNI nro. 29.199.665 a la pena de 3 (tres) años de prisión en suspenso, multa de $ 225 (pesos doscientos veinticinco), por considerarlo coautor del delito de tenencia simple de sustancia estupefaciente ... con más la imposición de las reglas de conducta contenidas en el inc. 1, 3 y último párrafo del art. 27 bis del CP durante el término que dure la condena." "IV.
- Conforme surge de fojas 30, 38, 47, 49vta, 51, 53, 56vta, 58, 60, 62, el nombrado cumplió con regularidad las presentaciones trimestrales ante el Patronato, obteniendo el informe de cierre del citado organismo mediante nota 792/2026 (cf. fs. 64/vta)." "V.
- De tal forma, habiendo operado el vencimiento del plazo de las reglas de conducta impuestas, las que fueron cumplidas conforme informará al organismo que tuviera a cargo la supervisión de las mismas, es que concluirá el trámite del presente." "RESUELVO: I.
- Tener por cumplidas las reglas de conducta impuestas a Esteban Diego Rivero, titular del DNI nro. 29.199.665 por el Tribunal Oral en lo Penal Federal de Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur en la causa Nro. FCR 8792/2020/TO1 II. Tener por oblada la pena de multa impuesta por la suma de $225 (doscientos veinticinco pesos) III.
- Tómese razón. Notifíquese. Firme que sea, hágase saber a la Dirección Nacional de Migraciones que en la presente causa el nombrado no posee restricciones para la salida de la provincia y del país; asimismo, hágase saber dicha circunstancia a la PSA Ushuaia a fin de que comunique a las demás fuerzas a través del SIFCOP."

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