MANGIAPANE, MARIA PIA Y OTRO c/ BANCO DE LA NACION ARGENTINA s/LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Los actores promovieron una acción amparada en la Ley de Defensa del Consumidor contra el Banco de la Nación Argentina y el Banco Central de la República Argentina. El Juzgado Federal de Bahía Blanca tuvo por expresamente desistida la acción por las partes actoras y admitió el desistimiento, imponiendo las costas a la parte actora (art. 73 CPCCN) y registrando lo dispuesto conforme al art. 305 CPCCN.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: María Pía Mangiapane; Cristian Norberto Bacherini; Miguel Audisio; Fabricio Abel Jarque.
Demandado: Banco de la Nación Argentina; tercero citado Banco Central de la República Argentina.
Objeto: Acción promovida bajo Ley de Defensa del Consumidor (datos del objeto específico no consignados en el extracto).
Decisión: Se tuvo por contestado el traslado; se tuvo por expresamente desistida la acción y del derecho por las partes actoras; se condenó en costas a la parte actora (art. 73 CPCCN); se ordenó registrar, publicar y notificar la resolución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos relevantes):
"Tiénese al Banco de la Nación Argentina y al BCRA por contestado el traslado conferido.
En virtud de lo manifestado por la parte actora, y la conformidad prestada por la parte demandada Banco de la Nación Argentina y del tercero citado Banco Central de la República Argentina y conforme los términos del 305 del CPCCN., atento el estadio del presente, y no mediando obstáculo legal, tiénese a: María Pía Mangiapane, Cristian Norberto Bacherini, Miguel Audisio y Fabricio Abel Jarque por expresamente desistida de la acción y del derecho en las presentes actuaciones.
Costas a la parte actora (artículo 73 del CPCCN.)."
(Firma y resolución)
"REGISTRESE, PUBLÍQUESE y NOTIFIQUESE
MR
MARÍA GABRIELA MARRÓN
JUEZ FEDERAL"
Fecha de firma: 06/08/2026.
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