GIMENEZ, AYLEN NOEMI c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora promovió acción contra Provincia ART S.A. reclamando reconocimiento de incapacidad y prestaciones por accidente de trabajo ocurrido el 01/04/2025. El Juzgado revocó la resolución de la Comisión Médica N°10, declaró una incapacidad laboral del 5% de la total obrera y condenó a la aseguradora al pago de $11.737.286,50 más intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Aylen Noemí Gimenez.
Demandado: Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (Provincia ART S.A.).
Objeto: Impugnación de la resolución de la Comisión Médica N°010 que negó incapacidad por accidente en ocasión de trabajo (accidente ocurrido el 01/04/2025); reconocimiento de incapacidad y cobro de la indemnización correspondiente conforme ley 24.557 y ley 26.773.
Decisión: Se revocó la resolución administrativa, se reconoció una incapacidad laboral definitiva, parcial y permanente del 5% de la total obrera, se condenó a la demandada a pagar $11.737.286,50 más intereses y costas, y se regularon honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales de 2-3 párrafos relevantes del fallo):
"Del informe presentado en fecha 04 de mayo de 2026 por la experta designada en autos surge que, mediante examen físico y los estudios practicados a la accionante, dictaminó, con base en los antecedentes de interés médico legal obrantes en autos, que la parte actora presenta, como consecuencia de los hechos de marras, una limitación funcional en el tobillo izquierdo que la incapacita en un 4% de la T.O. Concluye la experta que la parte actora presenta una incapacidad laboral definitiva, parcial y permanente del 5% de la T.O, con inclusión de los factores de ponderación que valuó la especialista."
"Dejo así aclarado que el art. 11 de la ley 27.348, modifica el art. 12 de la ley 24.557, prescribe el modo de determinar el Ingreso base, al disponer que los salarios mensuales tomados a fin de establecer el promedio mensual (conforme criterio del art. 1° del Convenio 95 de la O.I.T.), correspondiente al año anterior a la primera manifestación invalidante, o en el tiempo de prestación de servicio si fuera menor, deberán ser actualizados, mes a mes, de acuerdo a la variación del índice RIPTE (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables); con lo cual, de tal modo, aplicando los valores de los salarios que conforme este método se obtienen del detalle de remuneraciones incorporada el 12/05/2026, actualizando los pagos parciales que allí figuran, con el índice RIPTE, que se extrae de la aplicación de la página de la Cámara Nacional del Trabajo, resulta un IBM actualizado de $1.873.877,38."
"FALLO: 1) Revocar lo decidido en la instancia administrativa por la Comisión Médica Nro. 10 y, por lo tanto, establecer que la incapacidad laborativa de la que es portadora AYLEN NOEMI GIMENEZ con motivo del accidente de trabajo que sufrió el 01 de abril de 2025 equivale a un 5% de la T.O. y condenar a PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. a abonarle, dentro del quinto día, la suma de PESOS ONCE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CINCUENTA CENTAVOS ($11.737.286,50), con más los intereses correspondientes. 2) Costas a la demandada."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; fallo por la Sede (Jueza Subrogante).
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