ALONSO OMAR ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por la falta de movilidad de su beneficio. El Juzgado hizo lugar parcialmente al reclamo, reconoció actualización de la PBU y la redeterminación del haber inicial, declaró inconstitucional el art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09 y ordenó el pago del retroactivo en 120 días.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ALONSO OMAR ALFREDO.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Objeto: Reajuste/actualización del haber previsional (Prestación Básica Universal, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia) y declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (arts. de las leyes 24.241, 24.463, resoluciones reglamentarias y disposiciones de movilidad).
Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda; se hace lugar a la excepción de prescripción en los términos del art. 82 ley 18.037; se ordena a ANSES recalcular el haber y abonar los retroactivos conforme las pautas fijadas dentro de 120 días; se declaró inconstitucional el art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09; se difirió el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 para ejecución; costas a la demandada; intereses según tasa pasiva promedio mensual del BCRA.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, en lenguaje original del tribunal):
"La parte actora inicia demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social solicitando el reajuste de su haber previsional, en tanto la falta de movilidad y/o actualización de su beneficio, que aduce le fue otorgado bajo disposiciones de la ley 24.241, le causa una grave lesión a sus derechos amparados en la Constitución Nacional. A tal fin, plantea la inconstitucionalidad de diversos artículos de la ley 24.463 y 24.241. Ofrece prueba y efectúa reserva del caso federal."
"Luego de compulsar las presentes advierto que la actora obtuvo el beneficio al amparo de la ley 24.241 fijándose como fecha de adquisición del derecho el día 07-07-2023 con aportes dependientes y autónomos, que invoca como fundamento de la pretensión."
"Respecto de la solicitud de actualización de la P.B.U., atento a lo resuelto por el Alto Tribunal en el fallo “Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios, sentencia del 11 de noviembre de 2014, corresponde diferir el cálculo a los fines de verificar la confiscatoriedad para la etapa de ejecución (conf. C.S.J.N. in re “Actis Caporale”, Fallos 323:4216). Sin perjuicio de ello, por los principios de economía y celeridad procesal, estimo prudente determinar en esta etapa la pauta correspondiente a los fines de la actualización y el método de cálculo de la confiscatoriedad, sin perjuicio de que el beneficio fue adquirido en vigencia de la ley 27.609."
"Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto."
"Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; FALLO: 1) Hacer lugar a la defensa de prescripción deducida en los términos del art. 82 de la ley 18.037 y parcialmente a la demanda interpuesta, en los términos expuestos en los considerandos precedentes; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días (Conf. art. 22 de la ley 24.463), 3) Diferir el tratamiento del art. 9 de la ley 24463 para el momento de la ejecución de la sentencia. 4) El haber resultante y las sumas que resulten a favor de la parte actora deberán ser abonadas íntegramente, sin quita alguna... 5) Imponer las costas a la parte demandada (conf. artículo 36, ley 27.423); 6) ..."
- Citas textuales más importantes incluidas arriba (p. ej. sobre fecha de adquisición 07-07-2023; método de cálculo de confiscatoriedad y declaración de inconstitucionalidad del art. 14.2 Resol. SSS 6/09; orden de pago en 120 días).
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