CONSORCIO DE COPRIETARIOS DEL EDIFICIO CALLE 25 DE MAYO 110/124 QUILMES c/ EDESUR SA s/EXPROPIACION-SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA
El Consorcio de Copropietarios demandó a EDESUR S.A. en un expediente por expropiación - servidumbre administrativa reclamando, entre otros extremos, honorarios profesionales. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó los honorarios del Dr. Leandro Sivak en su carácter de letrado patrocinante de la parte actora, considerando la naturaleza, monto y resultado del asunto y la eficacia de la tarea profesional.
Actor: Consorcio de Copropietarios del Edificio calle 25 de Mayo 110/124 Quilmes.
Demandado: EDESUR S.A.
Objeto: expediente caratulado “CONSORCIO DE COPROPIETARIOS DEL EDIFICIO CALLE 25 DE MAYO 110/124 QUILMES C/ EDESUR S.A. S/ EXPROPIACION
- SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA”; la resolución analizada confirma la liquidación/percibo de honorarios profesionales del letrado de la parte actora.
Decisión: Se confirman los honorarios del Dr. Leandro Sivak en su carácter de letrado patrocinante de la parte actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Teniendo presente la naturaleza, el monto y el resultado del asunto, así como la calidad y la eficacia de la tarea profesional desarrollada en la causa en las etapas cumplidas, SE CONFIRMAN los honorarios del Dr. Leandro Sivak en su carácter de letrado patrocinante de la parte actora (arts. 16, 19, 20, 29 y 44 de la ley 27.423)."
"A los fines del art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional se hace constar que -por hallarse vacante dos cargos de jueces de esta Sala
- suscribe la presente el Dr. José Luis Lopez Castiñeira; quien integra este Tribunal en los términos de la Acordada Nº 2/2026 de esta Cámara."
Se transcriben textualmente los párrafos más relevantes arriba indicados tal como obra en la resolución. No constan en el pronunciamiento considerandos adicionales ni votos disidentes relevantes.
- Fechas relevantes: Fecha de firma: 06/08/2026.
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