OTERO, RICARDO SILVESTRE c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
El actor promovió demanda contra ANSES por reajuste de haberes previsionales. La Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar al recurso del actor, declaró la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y ordenó el pago de las diferencias, confirmando el resto de la sentencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: OTERO, Ricardo Silvestre.
Demandado: ANSES.
Objeto: Reajuste de haberes previsionales y declaraciones de inconstitucionalidad de normas (Decretos del PEN, Ley 27.609, Resolución 06/09 SSS) y otros reclamos vinculados al cálculo del haber y al impuesto a las ganancias.
Decisión: Se hizo lugar al recurso interpuesto por la parte actora en cuanto a declarar la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y ordenar a ANSES el pago de la diferencia que resulte de aplicar el art. 32 de la ley 24.241 (modificado por ley 27.426). Se confirmó el resto de la sentencia apelada y se impusieron las costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"corresponde DECLARAR la inconstitucionalidad de los Dec. 163/2020 495/2020, 692/2020 y 899/2020, y con ello ordenar a la demandada a que abone la diferencia que surja entre lo percibido por la actora y lo que hubiere percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426."
"Con ello, corresponde confirmar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC."
"corresponde confirmar la declaración de inconstitucionalidad, remitiendo a los fundamentos vertidos en los fallos citados, que pasan a formar parte del presente resolutorio."
"Tal como se ordenó en el precedente 'BARRAGAN, RAÚL OSCAR c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES' ... las remuneraciones deberán actualizarse por el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC)."
"corresponde rechazar el planteo efectuado por la demandada, debiendo confirmar lo decidido por el a-quo en cuanto declara exentas del impuesto a las ganancias a las retroactividades emergentes de la sentencia dictada en autos."
"En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, e imponer las costas a la vencida. (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
Parte resolutiva:
"I.
- HACER LUGAR al recurso interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada en Autos, en consecuencia, DECLARAR la inconstitucionalidad de los Dec. 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020, y con ello ordenar a la demandada a que abone la diferencia que surja entre lo percibido por la actora y lo que hubiere percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426;
II.
- CONFIRMAR EL RESTO DE LA SENTENCIA de autos en cuanto fue materia de apelación y agravio e IMPONER las costas de ambas instancias a la vencida (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
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