CABANO, LUIS RAUL c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
El actor promovió acción contra ANSES por reajustes por movilidad de su haber previsional. La Cámara Federal de Mar del Plata declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, confirmó el resto de la sentencia y rechazó otros planteos, imponiendo las costas a la vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CABANO, LUIS RAUL.
Demandado: ANSES.
Objeto: Reajustes por movilidad de haberes previsionales (RTI), con fecha de adquisición del derecho 22/05/2008.
Decisión: La Cámara declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad al caso del art. 1 de la ley 27.609 y remitió a que se aplique el Índice de Precios al Consumidor del INDEC. Confirmó el resto de la sentencia en lo materia de apelación y agravios y condenó en costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes, lenguaje original del tribunal):
"II.
- Respecto al planteo vinculado con la movilidad, la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, consideramos que resulta sustancialmente análogo a lo examinado por ésta Alzada en los autos: “PALACIOS, JUAN CEFERINO c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS...”, su (aclaratoria de fecha 13/06/2025), que pasan a formar parte en lo pertinente del presente resolutorio. Con ello, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC."
"III.
- En cuanto al agravio relacionado con índice dispuesto por el Dec. 274/24, corresponde en primer término señalar que cumplir con la pauta de movilidad no significa optar por el índice más conveniente, sino por aquél que cumpla con el principio de razonabilidad. ... entendemos que el índice establecido en el Decreto 274/2024, se ajusta a los criterios de razonabilidad y sustitutividad con los que ha de evaluarse la normativa constitucional, por lo que ha de rechazarse el agravio formulado por la apelante."
"IV.
- En relación al agravio relacionado con el planteo de inconstitucionalidad de los decretos dictados por el PEN 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020, consideramos que la cuestión es sustancialmente análoga a lo examinado por esta Alzada en los Autos “CIER, NILDA PILAR c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”... En consecuencia, corresponde confirmar la declaración de inconstitucionalidad de dichos decretos."
"V.
- Por último, en referencia a las costas de ambas instancias, cabe recordar lo señalado en la sentencia dictada en: “AGOSTINO, TERESITA DEL CARMEN c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS”... En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, e imponer las costas a la vencida (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
Parte resolutiva relevante:
"I.
- DECLARAR la INCONSTITUCIONALIDAD e INAPLICABILIDAD al caso de Autos, del art. 1º de la ley 27.609... II.
- CONFIRMAR EL RESTO DE LA SENTENCIA de autos en cuanto fue materia de apelación y agravio e IMPONER las costas de ambas instancias a la vencida (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
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