FILIPPI, LILIANA ADELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió acción contra ANSES solicitando reajustes varios sobre su haber previsional. La Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar parcialmente al recurso de la actora, declaró la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y ordenó la recomposición del haber desde septiembre/2022 por el bono extraordinario, confirmando el resto de la sentencia en lo apelado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FILIPPI, Liliana Adela.
Demandado: ANSES.
Objeto: Reajustes varios sobre el haber previsional (redeterminación del haber inicial, reclamo por aplicación de índices de actualización, inconstitucionalidad de decretos y normas, tratamiento de bonos extraordinarios y ajustes por movilidad).
Decisión: Se hizo lugar al recurso de la actora en parte; se declaró la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y se ordenó a ANSES abonar la diferencia que surja entre lo percibido y lo que hubiese percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241 modificado por la ley 27.426. Se revocó parcialmente la sentencia de grado, difiriendo para la etapa de liquidación la demostración de eventual quita o merma confiscatoria por quien pretende el ajuste de la PBU, y se repondrá el haber desde el mensual 09/2022 mientras subsista el denominado "Bono Extraordinario Previsional". Se confirmó el resto de la sentencia en cuanto fue materia de apelación. Se impusieron las costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes, con lenguaje original del tribunal):
"En consecuencia, corresponde DECLARAR la inconstitucionalidad de los Dec. 163/2020 495/2020, 692/2020 y 899/2020, y con ello ordenar a la demandada a que abone la diferencia que surja entre lo percibido por la actora y lo que hubiere percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426."
"Con ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC."
"Por otro lado y en relación a la pretendida aplicación de la Res. ANSeS 56/2018 y de la Res. SSS 01/2018, cabe advertir que el más Alto Tribunal se ha pronunciado recientemente ... donde dispuso, por decisión de la mayoría, declarar la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social N° 1/2018... La Corte se vuelve a pronunciar con posterioridad, estableciendo que corresponde confirmar la aplicación del Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC)... En consecuencia, corresponde rechazar el agravio planteado en este punto..."
"II.
- REVOCAR parcialmente la sentencia del Sr Juez de grado y en consecuencia, diferir para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria, por quien pretende el ajuste de la PBU... y en cuanto ordena RECOMPONER el haber a partir del mensual 09/2022 y hasta que deje de otorgarse el actualmente llamado 'Bono Extraordinario Previsional', y en consecuencia confirmar la DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD e INAPLICABILIDAD al caso de Autos, del art. 1º de la ley 27.609..."
(No se registran votos en disidencia relevantes en el texto provisto.)
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