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Legajo Nº 1 - IMPUTADO: CACABELOS, GONZALO EMMANUEL Y OTROS s/LEGAJO DE CONTROL

Se solicitó prórroga de la prisión preventiva de los imputados en virtud del art. 1° de la ley 24.390. La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga dispuesta por el Tribunal Oral y encomendó al tribunal de juicio garantizar el inicio del debate el 20/08/2026 e imprimir celeridad mediante herramientas tecnológicas.

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Actor: No corresponde identificar actor en el texto; resolución de oficio de la Cámara respecto de una prórroga dispuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 2 de Rosario. Demandado: Luciano Emilio Etchegaray Otero; Francisco Etchegaray; Gonzalo Emmanuel Cacabelos (imputados respecto de quienes se prorrogó la prisión preventiva). Objeto: Prórroga de la prisión preventiva por tres meses conforme a los artículos 1°, 3° y 4° de la ley 24.390, según ley 25.430; y fije de fecha de inicio del debate oral y público. Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal resolvió tomar nota de la prórroga de prisión preventiva dispuesta por el Tribunal Oral y encomendar a ese tribunal que garantice el comienzo del debate el 20 de agosto de 2026 utilizando herramientas tecnológicas e imprima celeridad a su desarrollo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Textos transcritos tal como aparecen en la resolución: "Con invocación de las previsiones del art. 1º de la ley 24.390, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 2 de Rosario resolvió 'I. PRORROGAR la prisión preventiva de LUCIANO EMILIO ETCHEGARAY OTERO …, FRANCISCO ETCHEGARAY … y GONZALO EMMANUEL CACABELOS …, a partir del 3 de agosto de 2026 y por el término de tres meses -artículos 1°, 3° y 4° de la ley 24.390, según ley 25.430'." "En atención a que la prórroga dispuesta se encuentra fundada en las condiciones de la norma citada y, a que se ha fijado fecha de iniciación del debate oral y público en las actuaciones para el 20 de agosto del año en curso (cfr. surge de la resolución a estudio), habrá de tomarse nota de la medida adoptada, y encomendarse al tribunal de juicio que mediante la utilización de todas las herramientas tecnológicas a su disposición garantice el comienzo debate en la fecha señalada e imprima celeridad a su desarrollo." "Por lo expuesto, el tribunal, RESUELVE: I.
- TOMAR NOTA de la prórroga de prisión preventiva dispuesta. II.
- ENCOMENDAR al tribunal de juicio que mediante la utilización de todas las herramientas tecnológicas a su disposición garantice el comienzo debate en la fecha señalada e imprima celeridad a su desarrollo."
- No se identifican votos en disidencia en el texto aportado.

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