Logo

WEINGARDT ROSA CATALINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda contra ANSES solicitando el reajuste del haber previsional por falta de movilidad y actualización. El Juzgado hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó el recálculo del haber y el pago de los retroactivos sin quita y dispuso que ANSES se abstenga de retener impuesto a las ganancias sobre el haber y los retroactivos.

Reajuste de haberes Pension directa Movilidad previsional Recalculo de haber Topes remuneratorios Ley 24.241 Ley 27.426 Impuesto a las ganancias Retroactivos no imponibles Anses

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: WEINGARDT ROSA CATALINA (parte actora). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto: Reajuste del haber previsional (pensión directa) por falta de movilidad/actualización; inconstitucionalidad de disposiciones de las leyes 24.463, 24.241, 27.426, 27.541 y 27.609; y cuestión relativa a la deducción del Impuesto a las Ganancias sobre el haber y sobre eventuales retroactivos. Decisión: Se hizo parcialmente lugar a la demanda; se dejó sin efecto la resolución impugnada; ordenó a ANSES recalcular el haber y abonar retroactivos conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; diferimiento de ciertos planteos de inconstitucionalidad para la ejecución; imposición de costas a cargo de ANSES; y se dispuso que no se practiquen retenciones por impuesto a las ganancias sobre el haber y sobre los retroactivos que pudieran devengarse, considerándolos capital e intereses no imponibles.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, lenguaje original): "En primer lugar, debo señalar que conforme surge de la documentación acompañada en autos, a la parte actora se le otorgó el beneficio de pensión directa ante el fallecimiento de su cónyuge, al amparo de la ley 24.241, siendo la fecha de adquisición del derecho el 02/08/2019." "En cuanto a lo peticionado en relación con la actualización de las remuneraciones para el cálculo de la PC y PAP fijado en el art. 24 de la ley 24.241, considerando que la fecha de adquisición del derecho al beneficio es posterior al 1.3.2018, corresponde aplicar los índices previstos en la ley 27.426, sus modificatorias y sucesivas reglamentaciones, (artículos 3 y 11 de la ley 27.426), conforme Decreto reglamentario 110/2018 que dispone la publicación de los índices a partir del 1/3/2018. Y la resolución 02-E/2018 MTEySS que aprueba los índices de actualización para quienes cesen desde el 28/2/2018 o pidan su beneficio desde el 1/3/2018." "En consecuencia, la aplicación de dicho tope a las remuneraciones actualizadas —tal como lo prevé el art. 14 inc. 2 de la Resolución SSS Nº 6/2009— constituye un exceso reglamentario contrario al espíritu de la Ley Nº 24.241, al introducir una restricción no contemplada en la norma, por lo que corresponde declarar su inaplicabilidad para el caso de autos." "La disposición que determina la retención de ganancias sobre el haber previsional de la parte actora es de índole legislativa, de manera que su acierto o error, el mérito o la conveniencia de las soluciones legislativas no son puntos sobre los que al Poder Judicial le quepa pronunciarse. Solo los casos que trascienden ese ámbito de apreciación para internarse en el campo de lo irrazonable, inicuo o arbitrario, habilitan la intervención de los jueces... resuelvo que, hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto (y habiendo sido tal alternativa considerada en el fallo mencionado), no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la parte actora." "En relación al eventual descuento del Impuesto a las Ganancias sobre el retroactivo que se devengue a favor del actor, corresponderá definir que la probable suma que se devengue en autos, corresponde a capital e intereses no imponibles... En consecuencia, corresponde seguir los lineamientos expuestos y disponer que la Anses, al momento de abonar las sumas retroactivas que pudieran resultar por medio de la presente, se abstenga de efectuar descuento alguno en concepto de impuesto a las ganancias."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el pronunciamiento.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar