Logo

ROLDAN, FERNANDO JUAN c/ ESTADO NACIONAL-ADMINISTRACION FEERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

El actor promovió acción meramente declarativa contra la AFIP (hoy ARCA) solicitando que se declare la inconstitucionalidad de artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias por alcanzar haberes previsionales. La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda, ordenó cesar las retenciones y el reintegro de sumas retenidas conforme a la doctrina “García”, con reconocimiento quinquenal y aplicación de la tasa pasiva mensual del BCRA.

Garcia Impuesto a las ganancias Jubilados Inconstitucionalidad Reintegro quinquenal Tasa pasiva bcra Tramite administrativo no exigible Afip Accion meramente declarativa Costas de alzada.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fernando Juan Roldán. Demandado: Estado Nacional
- Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA -). Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de los Arts. 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias Nº 20.628 (y modificatorias) en cuanto alcanzan haberes previsionales; cese de retenciones y reintegro de lo retenido por el período no prescripto, con intereses. Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de fecha 18/08/2025 que hizo lugar a la acción meramente declarativa, declaró inconstitucional el Art. 79 inc. c) (texto según leyes 27.346 y 27.430 —actual art. 82 inc. c) conforme Decreto 824/2019—) en relación al beneficio previsional del actor, ordenó que la AFIP comunique al organismo previsional que se abstenga de efectuar retenciones en el haber del actor y condenó al reintegro de las sumas retenidas desde los cinco (5) años anteriores a la interposición de la demanda, con intereses calculados conforme a la tasa pasiva mensual publicada por el Banco Central de la República Argentina. Las costas de alzada se impusieron en el orden causado. Resolución de la Cámara dictada el 04/08/2026.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente del fallo): 1) "Las presentes actuaciones tuvieron su origen en virtud de la presentación realizada por el Sr. Fernando Juan Roldán, quien interpuso acción meramente declarativa contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero -ARCA-, conforme decreto 953/2024, B.O. 25/10/2024), a efectos de que se declarase la inconstitucionalidad de los Arts. 23 Inc. c), 79 Inc. c), 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias N° 20.628 -y sus modificatorias-, en cuanto determinaban que los haberes previsionales estaban alcanzados por dicho tributo." 2) "En consecuencia, corresponde el reconocimiento quinquenal de las sumas que les hubiesen sido retenidas sobre los haberes del accionante ... El Fisco deberá reintegrar –tal como lo dispuso el 'a quo'
- los montos retenidos en concepto de impuesto a las ganancias desde los cinco (5) años anteriores a la interposición de la acción, de conformidad con lo previsto en el Art. 56 -párrafos antepenúltimo y penúltimo
- de la ley 11.683 y sus modificaciones, de aplicación al caso por tratarse de la devolución de un tributo nacional..." 3) "Teniendo en cuenta lo decidido por la CSJN en los precedentes 'García' (Fallos: 342:411), 'Spitale' (Fallos 372:3721) y 'Aguilar' (Fallos 325:1185), entre otros, resulta razonable en la especie aplicar la tasa pasiva mensual publicada por el Banco Central de la República Argentina. Por tal motivo, corresponde confirmar la sentencia apelada sobre el punto."
- Votos: El Dr. Néstor Pablo Barral votó por confirmar la sentencia apelada; el Dr. Alberto Agustín Lugones adhirió.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar