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Legajo Nº 34 - IMPUTADO: CALVANI, GERMAN CLAUDIO s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL

El Defensor Público Coadyuvante interpuso recurso de casación en nombre del condenado Germán Claudio Calvani contra la resolución que rechazó su pedido de detención domiciliaria y ordenó estudios médicos. La Cámara concedió el recurso de casación por reunir los requisitos de admisibilidad y remitió los autos a la Cámara Federal de Casación Penal, emplazando al interesado conforme al art. 464 del C.P.P.N.

Casacion Ejecucion penal Detencion domiciliaria Admisibilidad Art. 456 c.p.p.n. Emplazamiento art. 464 Camara federal de casacion penal Informes medicos Defensor publico Calvani

Actor: Defensor Público Coadyuvante, en ejercicio de la defensa técnica del condenado Germán Claudio Calvani. Demandado: El Tribunal Federal de Juicio N° 3 (contra la resolución Nro. 374/2026-EP de fecha 24.06.2026). Objeto: Se peticiona que se anule la resolución que rechazó el nuevo pedido de detención domiciliaria y que ordenó la gestión de turnos e informes médicos. Decisión: Se concedió el recurso de casación interpuesto, se emplazó al interesado en los términos del artículo 464 del C.P.P.N. y se remitieron los autos a la Cámara Federal de Casación Penal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde examinar el escrito del recurrente a efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad que nuestro ordenamiento procesal penal exige en los artículos 432 y 438 – referidos a las disposiciones generales de todos los recursos
- y 456, 457, 459 y 463 del Código Procesal Penal de la Nación, correspondientes al Recurso de Casación específicamente." "Del análisis de los requisitos de admisibilidad surge que, la resolución que motiva el recurso está prevista específicamente entre aquellas contra los cuales procede el recurso de casación -art. 456 del Código Procesal Penal de la Nación-; que la vía recursiva ha sido interpuesta dentro del término establecido por el ordenamiento de forma, por quien está legalmente facultado para hacerlo, por escrito autosuficiente, habiendo citado el recurrente las disposiciones legales que, según su criterio, no han sido observadas, hallándose el recurso debidamente fundado, con el contenido de lo que se pretende." "Se puede corroborar también que se ha respetado lo normado por los arts. 432, 438 del C.P.P.N. en cuanto a los recaudos que se exigen respecto a los recursos en general. Por las razones expresadas, entiende este Tribunal que debe concederse el recurso de casación interpuesto." Resolución dispositiva: "1. Conceder el recurso de casación interpuesto el Defensor Público Coadyuvante, en ejercicio de la defensa técnica de condenado German Claudio Calvani, contra la resolución Nro. 374/2026-EP de fecha 24.06.2026. 2. Emplazar al interesado en los términos del artículo 464 del Código Procesal Penal de la Nación 3. Insertar, hacer saber y oportunamente, remitir los autos a la Cámara Federal de Casación Penal."
- Fechas relevantes: Resolución impugnada Nro. 374/2026-EP de fecha 24.06.2026; firma de la presente resolución 03/08/2026; alta en sistema 04/08/2026.

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