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SALERNO, EDUARDO VICTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES solicitando reajustes y movilidad de su haber previsional. La Cámara Federal de Paraná rechazó la apelación de ANSES, confirmó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad para el caso concreto de la Res. SSS 3/2021 y del art. 3 del DNU 157/2018, ordenando la aplicación del índice ISBIC según precedentes.

Reajuste de haberes Isbic Makler Quiroga Resolucion sss 3/2021 Dnu 157/2018 Impuesto a las ganancias Costas Ley 24.241 Seguridad social

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Eduardo Víctor Salerno, titular de un beneficio previsional bajo la ley 24.241. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto: Reajuste y movilidad de haberes previsionales, recálculo de aportes (autónomos y en relación de dependencia), y declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables (impuesto a las ganancias, DNU 157/2018, Resolución SSS 3/2021). Decisión: Se rechazó el recurso de apelación de ANSES y se confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus términos relevantes: aplicación del precedente Makler para aportes autónomos; aplicación del índice ISBIC para actualización de aportes en relación de dependencia hasta febrero de 2009; reserva para replantear la PBU conforme Quiroga utilizando ISBIC; declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; imposición de costas a ANSES en esta instancia y regulación de honorarios a favor de la letrada de la actora en 33% de lo que se le fije en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original): "Si bien tal fallo refiere a un beneficio otorgado bajo el régimen de la ley 18.038, la doctrina allí sentada resulta aplicable a los beneficios otorgados bajo el régimen de la Ley 24.241, atento la similitud existente entre ambos regímenes en cuanto al modo de determinación del haber inicial, por lo que debe ser mantenida su aplicación en autos, conforme el criterio sustentado por esta Alzada en la causa “CORONEL, JOSÉ MANUEL C/ ANSES S/ ORDINARIO”, Expte. N° FPA 22001056/2010, sentencia de fecha 16/08/2018." "Se concluye, entonces, que toda norma dictada por la ANSES o por resolución ministerial que se oponga a la utilización del índice ISBIC para actualizar los aportes efectuados en relación de dependencia hasta el mes de febrero de 2009 resulta inválida y así debe resolverse. Por ello, se declara de oficio la inconstitucionalidad para el caso concreto de la Resolución SSS 3/2021 (confr. “Rodríguez Pereyra”, Fallos 335:2333) y se resuelve la aplicación del índice ISBIC hasta febrero de 2009 para el reajuste del haber inicial del actor." "Cabe recordar que el Máximo Tribunal dictó sentencia en el precedente “GARCÍA, MARÍA ISABEL C/ AFIP S/ ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD” ... en el que declaró la inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) de la ley 20.628 y confirmó la sentencia que ordenó la devolución de los montos retenidos en concepto de impuesto a las ganancias. Por otro lado, corresponde remarcar que pesa sobre los magistrados el deber de realizar, aún de oficio, el control de constitucionalidad de las normas aplicables al caso puesto a su consideración, por lo que la decisión resulta ajustada a derecho, en virtud de que el punto guarda estricta vinculación con lo aquí resuelto. Por lo expuesto, se desestima el agravio y se confirma la sentencia apelada para el caso de que, al practicarse la planilla de liquidación, se determine que la actora será pasible de retención del impuesto a las ganancias." (Votos de las Dras. Aranguren y Gomez adhieren al voto del Dr. Busaniche.)

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