ARCA c/ ECOLOGY SUSTAINABLE S.A.S. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
ARCA promovió ejecución fiscal contra ECOLOGY SUSTAINABLE S.A.S. por $10.665.745,95 en concepto de deuda tributaria. El Juzgado declaró expedita la ejecución, habilitó a la AFIP para su cobro, ordenó medidas de embargo e inhibición y condenó en costas a la demandada por resultar incumplida la intimación de pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ARCA (ex A.F.I.P.), Administración Federal de Ingresos Públicos.
Demandado: ECOLOGY SUSTAINABLE S.A.S.
Objeto: Ejecución fiscal por la suma de $10.665.745,95 según boleta de deuda agregada en autos.
Decisión: Se declaró expedita la ejecución contra ECOLOGY SUSTAINABLE S.A.S., habilitándose a la AFIP para su cobro hasta obtener el pago íntegro del capital con más intereses; se impusieron costas a la demandada; se ordenó, en su caso, trabar inhibición general de bienes y embargos bancarios y se dispuso la práctica de la liquidación de la deuda con posibilidad de impugnación en 5 días.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Las presentes actuaciones caratuladas “ARCA c/ ECOLOGY SUSTAINABLE S.A.S. s/EJECUCION FISCAL
- ARCA (Ex A.F.I.P.)”, Expediente Nº37168/2025, venidas a despacho para resolver la ejecución fiscal promovida por ARCA en contra de ECOLOGY SUSTAINABLE S.A.S. por la suma de $10665745.95 correspondiente a los conceptos que surgen de la boleta de deuda agregada en autos."
"I) Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado."
"II) Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad... Dicha medida será levantada una vez y en la medida en que se haya satisfecho la pretensión fiscal..."
"RESUELVO: I.
- Declarar expedita la ejecución de la deuda en contra de el/la demandado/a ECOLOGY SUSTAINABLE S.A.S., quedando la Administración Federal de Ingresos Públicos habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital de $10665745.95, con más sus intereses legales."
"II.
- Imponer las costas del proceso a la demandada (arts. 68 y 558 del CPCCN). Los honorarios correspondientes al letrado/a interviniente deberán estimarse administrativamente según lo previsto por el art. 92 de la Ley 11.683 y sus modificatorias..."
"V.
- La Administración Federal de Ingresos Públicos practicará la liquidación de la deuda, la que será notificada administrativamente junto a la presente haciendo saber al demandado que podrá impugnarla en el plazo de cinco (05) días ante este Tribunal (art. 92 y cc. de la Ley 11.683 y sus modificatorias)."
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