BORDA, SEBASTIAN HORACIO c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor demandó por accidente de trabajo reclamando reconocimiento de incapacidad psicofísica y reparación. La Cámara modificó la sentencia de grado, adicionó una incapacidad psíquica del 10% y elevó la condena, confirmando la aplicación de la tasa prevista en la ley 27.348 con capitalización.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sebastián Horacio Borda.
Demandado: EXPERTA ART S.A.
Objeto: Reclamación por accidente de trabajo (Ley especial) por lesión ocular sufrida el 29/01/2024 y la consecuente incapacidad psicofísica; plus impugnaciones sobre tasa de interés y apelación por honorarios (perita y letrado).
Decisión: La Cámara modificó la sentencia de grado para reconocer una incapacidad psicológica del 10% y, en consecuencia, una incapacidad psicofísica total de 22,04% t.o., elevó el monto de condena a $4.770.303,83, confirmó otros puntos de la sentencia, fijó la tasa de interés conforme art. 11 de la ley 27.348 con capitalización según art. 770 inc. b CCyCN y aumentó los honorarios de la representación letrada a 24 UMAs; confirmó los honorarios de la perita.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes en lenguaje original del tribunal):
"En este sentido, la perita médica legista en el informe acompañado con fecha 30/12/2025, luego de la inspección clínica realizada y en base a los estudios psicodiagnóstico y baterías de test, dictaminó que el actor presenta una Reacción Vivencial Anormal Neurótica grado I-II e incapacidad de 10%, según el baremo de uso obligatorio del dec. 659/96."
"Nótese que de la lectura del informe psicodiagnóstico elaborado por el Lic. PEDRO GURMAN MN. 75.356, acompañado el 27/11/2025 surge que: 'Los hechos de autos han incidido negativamente sobre la salud psíquica del evaluado Sr. Sebastián Horacio Borda... De acuerdo con los criterios diagnósticos del DSM-5, el Sr. Sebastián Horacio Borda presenta un Trastorno de Adaptación con ansiedad mixta y estado de ánimo deprimido (309.28 / F43.23). Este cuadro guarda adecuada relación causal con los hechos relatados en autos, ya que los síntomas surgieron luego del accidente y se mantienen actualmente, afectando su desempeño cotidiano... para su cuantificación... estableciéndose un grado de incapacidad psíquica parcial y permanente del 10% (diez por ciento).'"
"Por lo tanto, corresponde reconocer que el Sr. BORDA como consecuencia del accidente ocurrido el 29/01/2024 es portador de una incapacidad psicológica del 10% de la t.o."
"De tal forma, si al capital de condena en este caso $4.770.303,83.-, se aplican los parámetros del art. 11 de la ley 27.348 desde la exigibilidad del crédito y hasta su efectivo pago con más una capitalización conforme al art. 770 inc. b CCyCN... se llega a la suma de $11.461.605,05.
- mientras que de aplicarse el IPC INDEC con más 3% anual de interés puro se llega a un importe de $14.216.515,03.-, lo que demuestra no sólo la inexistencia del envilecimiento del poder adquisitivo del acreedor sino también que la evolución de las tasas de interés en función de las políticas macro y micro económicas asumidas por el BCRA superan muchas veces las variaciones del IPC."
- Votos y adhesiones: El voto preopinante (Dr. Gabriel de Vedia) propone la modificación indicada; la Dra. María Dora González adhiere por análogos fundamentos, incluyendo la decisión en materia de intereses.
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