P., F. A. C/ M., M. G. S/ ALIMENTOS
El actor promovió demanda de alimentos contra su progenitora, solicitando una cuota del 40% de los ingresos de la demandada. La sentencia fijó la cuota alimentaria definitiva en un 15%, considerando las necesidades de la actora y las posibilidades económicas de la demandada.
- Quién demanda: F.A.P.
¿A quién se demanda?
M.G.M.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuota alimentaria del 40% de los ingresos de la demandada.
¿Qué se resolvió?
Se fijó la cuota alimentaria en un 15% de los ingresos de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La obligación alimentaria de los padres respecto de los hijos constituye uno de los deberes derivados de la responsabilidad parental, conforme arts. 658 y 646 incs. a) y b) del Código Civil y Comercial, y que se extiende hasta los veintiún años, salvo que el obligado pruebe que el hijo mayor de edad cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismo." "La convivencia con el padre no libera a la progenitora no conviviente; antes bien, exige que ésta contribuya proporcionalmente al sostenimiento de su hija." "La falta de detalle exhaustivo de gastos y la inexistencia de prueba de necesidades extraordinarias imponen una fijación prudente, razonable y proporcionada."
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