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KUBA TERESA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Petición de declaración de herederos por sucesión intestada de Teresa Kuba. El Tribunal declaró herederos a la hija Mabel Verónica Shiira, al cónyuge Aurelio Daniel Shiira y a los nietos Benicio Jun y Jazmín Seimi Shiira (en representación de su padre prefallecido), con fundamento en certificados de defunción, matrimonio y nacimiento y en el dictamen del Asesor de Menores.

Sucesion intestada Declaracion de herederos Herederos universales Representacion por predecesion Certificado de defuncion Matrimonio Asesor de menores Articulos 2424-2433 cccn Articulos 735 y 737 cpcc Edictos.

Actor: Aurelio Daniel Shiira; Mabel Verónica Shiira; Yamila Andrea Nakama, en representación de sus hijos Jazmín Seimi Shiira y Benicio Jun Shiira. Demandado: Sucesión de Kuba Teresa (causa de la herencia). Objeto: Declaración de herederos por fallecimiento intestada de Kuba Teresa. Decisión: Se declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que suceden como herederos universales la hija SHIIRA MABEL VERONICA, los nietos SHIIRA BENICIO JUN y SHIIRA JAZMIN SEIMI (en representación de su padre prefallecido SHIIRA FERNANDO AGUSTIN) y el cónyuge SHIIRA AURELIO DANIEL, a quien además se le declaró heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales. Regístrese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que con el certificado adjunto al escrito liminar se acredita el fallecimiento de KUBA TERESA ocurrido el 3 de febrero de 2026." "Que 28 de mayo de 1976 contrajo primeras nupcias con SHIIRA AURELIO DANIEL conforme surge del certificado de matrimonio adjunto al escrito liminar." "Que de dicha unión nacieron sus hijos: SHIIRA FERNANDO AGUSTIN y SHIIRA MABEL VERONICA, conforme actas de nacimiento adjuntas al escrito liminar." "Que en fecha 3 de abril de 2022 falleció su hijo Shiira Fernando Agustin, por lo que en representación de éste se presentan sus hijos: SHIIRA BENICIO JUN y SHIIRA JAZMIN SEIMI, todo ello conforme se acredita con las partes de defunción y nacimiento adjuntos las escrito liminar." "Que con los diarios y recibos agregados al escrito a despacho consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el artículo 734, inciso 2 del C. P. C. C. y sobre cuyo resultado negativo informa la señora Secretaria en este acto." "De conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Asesor de Menores con fecha 16/6/2026 y lo dispuesto por los artículos 2424, 2426, 2427, 2428, 2429, y 2433 del CCCN y 735 y 737 del C.P.C.C., se declara en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de KUBA TERESA le suceden en carácter de universales herederos su hija SHIIRA MABEL VERONICA y sus nietos SHIIRA BENICIO JUN y SHIIRA JAZMIN SEIMI -en representación de su padre prefallecido SHIIRA FERNANDO AGUSTIN
- y su cónyuge SHIIRA AURELIO DANIEL a quién también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales."

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