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INSTITUTO DE ESTADISTICAS Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION c/ INSTALACIONES CORDOBA SAS s/EJECUCION FISCAL ? Varios

El Instituto de Estadísticas y Registro de la Industria de la Construcción promovió ejecución fiscal contra Instalaciones Córdoba S.A.S. por $15.751.129. El Juzgado Federal de Córdoba ordenó ejecutar a la demandada hasta obtener el íntegro pago de esa suma, con más intereses y costas, imponiendo las costas y regulando honorarios en 15,33 UMAs.

Ejecucion fiscal Intimacion de pago Cpccn art. 542 Costas Honorarios Uma Decreto/resolucion sga 1718/2026 Deuda $15.751.129 Juzgado federal Regulacion de honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: INSTITUTO DE ESTADISTICAS Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION. Demandado: INSTALACIONES CORDOBA SAS. Objeto: Ejecución fiscal por la suma de $15.751.129 conforme certificado de deuda agregado en autos. Decisión: Se mandó llevar adelante la ejecución contra la demandada hasta hacerse íntegro pago de $15.751.129 con más intereses legales y costas; se impusieron las costas a la demandada y se fijaron honorarios en 15,33 UMAs (valor de la UMA al día: $779 según Resolución SGA 1718/2026, 13/07/2026), equivalentes a $1.535.652,09.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes): "I).
- Que el título en el que se funda la acción es de aquellos que traen aparejado ejecución." "II).
- Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, dejando transcurrir el término legal sin comparecer ni oponer excepciones legítimas al progreso de la acción, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento del art. 542 “in fine” del CPCCN y mandar a llevar adelante la ejecución en su contra hasta hacerse la actora del íntegro pago de la suma reclamada con más los intereses legales correspondientes." "III).
- En cuanto a las costas, corresponde imponerlas a la demandada por no existir causas que aconsejen su eximición (conf. arts. 68 y 558 del CPCCN). A tal fin, se fijan los honorarios del/los letrado/s interviniente/s, en el carácter actuado y por la etapa procesal transitada, en la suma de $1.535.652,09, equivalentes a 15.33 UMAS, en virtud del valor de dicha Unidad al día de la fecha ($.779, Resolución SGA 1718/2026, 13/07/2026; y conf. arts. 1, 14, 16, 20, 21, 22, 29 f) y cc de la Ley 27.423)." Parte resolutiva: "I.
- Mandar a llevar adelante la ejecución en contra de INSTALACIONES CORDOBA SAS, hasta hacerse íntegro pago a la actora INSTITUTO DE ESTADISTICAS Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION de la suma de $15751129, con más sus intereses legales y costas (arts. 68 y 558 del CPCCN)" "II.
- Imponer las costas a la demandada (conf. arts. 68 y 558 del CPCCN), a cuyo fin se regulan los honorarios del/los letrado/s interviniente/s, en el carácter actuado y por la etapa procesal transitada, en 15.33 UMAS a valores vigentes a la fecha de la presente, debiendo adicionarse el porcentaje que corresponda según la condición tributaria que revistan frente al Impuesto al Valor Agregado."

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