ARCA c/ VENTAR SERVICIOS SRL s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra VENTAR SERVICIOS SRL por $5.330.565,18. El Juzgado Federal ordenó ejecutar la deuda, imponiendo las costas al demandado y requiriendo a la actora que realice la liquidación de la deuda reclamada por razones de seguridad jurídica.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.)
Demandado: VENTAR SERVICIOS SRL
Objeto: Ejecución fiscal para el cobro de la suma de $ 5.330.565,18, con más el 15% para responder a intereses y costas (y más sus intereses y costas del proceso).
Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta obtener el íntegro pago de la suma reclamada con intereses y costas; se impusieron las costas al demandado; se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada; protocolícese, regístrese, notifíquese y publíquese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción textual de los párrafos más relevantes):
"La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 5330565.18, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-"
"Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.-"
"Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-"
"1) Mandar llevar adelante la ejecución contra VENTAR SERVICIOS SRL, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 5330565.18, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.-"
"2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.-"
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia; resolución unipersonal firmada por la Jueza Federal Eva Liliana Parcio de Seleme.
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