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ARCA c/ ABREGU GUILLERMO DAMIAN s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra Abregu Guillermo Damián por $16.750.831,08 más intereses y costas. El Juzgado Federal hizo lugar a la ejecución, ordenó el cobro de la suma reclamada conforme al mandamiento de intimación y dispuso que la parte actora practique la liquidación de la deuda por seguridad jurídica.

Ejecucion fiscal Arca A.f.i.p. Intimacion de pago Costas Intereses Liquidacion de deuda Art. 70 cpccn Principio objetivo de la derrota Abregu guillermo damian


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).

¿A quién se demanda?

Abregu Guillermo Damián.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal para el cobro de la suma de $16.750.831,08, más un 15% para responder a intereses y costas, conforme libelo de inicio.

¿Qué se resolvió?

Se admitió y se mandó llevar adelante la ejecución para hacer efectivo el pago de $16.750.831,08 con más intereses y costas; se impusieron las costas al demandado; y se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia, lenguaje original): "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 16750831.08, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-" "Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.-" "Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-" "1) Mandar llevar adelante la ejecución contra ABREGU GUILLERMO DAMIAN, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 16750831.08, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.-" "2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.-"
- Fechas y firmas relevantes: Sentencia firmada electrónicamente por Eva L. Parcio de Seleme, Juez Federal, con fecha de firma 30/07/2026.

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