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FUENTES ALEJANDRA ISABEL C/ BAÑA PONS GERARDO ANTONIO Y OTROS S/ DESPIDO

La actora promovió demanda por despido e indemnizaciones laborales; solicitó desistimiento y convenio conciliatorio. El Tribunal aprobó el desistimiento y homologó el acuerdo por $14.000.000, reguló costas y honorarios y fijó condiciones de pago e intereses por mora.

Despido Desistimiento Homologacion de convenio Indemnizacion laboral Costas Honorarios Peritos Tribunal del trabajo n? 3 de moron $14.000.000 Intereses moratorios (bcra).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Alejandra Isabel Fuentes. Demandado: Gerardo Antonio Baña Pons; Acosta y Baña Pons Sociedad de Hecho; Demibell SA; Punto Cruz SAU (según el acta de convenio). Objeto: Reclamo laboral por despido e indemnizaciones (acción laboral). Decisión: Se aprobó el desistimiento de la acción respecto de la demanda contra Gerardo Antonio Baña Pons y Acosta y Baña Pons Sociedad de Hecho; se homologó el convenio conciliatorio suscripto entre Alejandra Isabel Fuentes, Demibell SA y Punto Cruz SAU por la suma de $14.000.000; se impusieron costas conforme se expresa y se regularon honorarios y peritos según detalle.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Habiendo sido ratificado personalmente por el actor, de conformidad con lo establecido por el art. 277 segundo párrafo de la LCT, estimo que procede aprobar el desistimiento impetrado en autos, en virtud de que el mismo se adecua a lo preceptuado por los arts. 304 y 305 del CPCC, no vulnerando el mismo norma alguna de orden público." "Visto el estado de las presentes actuaciones, los desistimientos impetrados en el acta labrada en fecha 07/07/2026, los rubros reclamados, el monto convenido y encontrándose controvertida la existencia de la relación laboral, estimo que el convenio que nos ocupa suscripto por ALEJANDRA ISABEL FUENTES, DEMIBELL SA y PUNTO CRUZ SAU, debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis." Resolución (extracto): "HOMOLOGAR con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio suscripto por ALEJANDRA ISABEL FUENTES, DEMIBELL SA y PUNTO CRUZ SAU en fecha 08/07/2026 por la suma $14.000.000 (PESOS CATORCE MILLONES) que la demandada se aviene a abonar en la forma estipulada."
- Otros puntos relevantes extraídos del fallo:
- Costas: por el desistimiento se imponen al desistente con los alcances del art. 20 LCT y art. 27 ley 15.057; las costas de la conciliación se imponen a la parte demandada, a la que se le exime 50% de la tasa de justicia y deberá abonar $154.000 más 5% de sobretasa.
- Honorarios: por desistimiento se regulan honorarios de $348.250 para cada uno de los Dres. Gustavo Daniel Arias y Sergio Daniel Schlegel (7 IUS). Por el acuerdo, se regulan honorarios mayores: $2.800.000 para Dr. Gustavo D. Arias; $1.800.000 para Dr. Julián R. De Diego; $1.000.000 para Dr. Aníbal G. Brener; peritos informático Andrés Behar y contadora Gabriela B. Langer $560.000 cada uno. Se aplican aportes legales e IVA si correspondiere.
- Pagos y acreditaciones: ordena depósitos en cuenta sueldo del trabajador cuando exista, intimaciones para documentación de CBU/CBU de profesionales, plazo de 60 días para acreditación de aportes por el beneficiario, y que en caso de mora se apliquen intereses moratorios según BCRA (art. 55 ley 27.802).
- Procedimiento: la decisión fue adoptada por voto coincidente de las magistradas; se hicieron las notificaciones digitales correspondientes.

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