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MOLINA SUSANA RAQUEL C/ BARLOTTI ALBERTO ANTONIO S/ DESPIDO

La actora promovió demanda por despido y las partes celebraron una transacción para extinguir el juicio. El Tribunal homologó el acuerdo electrónico de fecha 12/4/2026, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios por un total relacionado con el monto conciliado de $15.000.000.

Despido Homologacion de transaccion Acuerdo conciliatorio Costas Honorarios Monto conciliado $15.000.000 Tribunal del trabajo n?2 dolores Regulacion de honorarios Notificacion electronica Ley 15.057

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MOLINA SUSANA RAQUEL. Demandado: BARLOTTI ALBERTO ANTONIO. Objeto: causa por despido; las partes celebraron una transacción que pone fin al juicio (acuerdo conciliatorio obrante en escrito electrónico de fecha 12/4/2026). Decisión: Homologación del acuerdo celebrado el 12/4/2026 en las condiciones pactadas; se impusieron las costas a la demandada; se regularon honorarios de los letrados en función del monto conciliado ($15.000.000).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual del fallo): "La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contrario a las leyes de orden público (arts. 1641 y 1643 CCyC., 12 y 15 de la LCT, 308 del CPCC.) habiéndose alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes (SCBA LP L 87983 S 26/12/2012 Carátula: Olivera, Carlos Alberto c/Transportes Automotores La Plata S.A. s/Despido).-" "Por ello entiendo que corresponde homologar dicha transacción por medio de la cual las partes dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el escrito electrónico de fecha 12/4/2026 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas." "Las costas serán soportadas por la demandada BARLOTTI ALBERTO ANTONIO (art. 73 del C.P.C.C., 24, 25, 26 y 89 de la ley 15.057), regulándose los honorarios de los Dres. MOLINA JUAN MANUEL, letrado apoderado de la actora en la cantidad de sesenta Jus y treinta centésimos (60,30 JUS); MOLINA JUAN MANUEL, letrado patrocinante de la demandada en la cantidad de sesenta Jus y treinta centésimos (60,30 JUS). Todas con más el porcentaje legal e I.V.A si correspondiere. ... A tal fin se ha tenido en cuenta como base regulatoria, el monto conciliado que asciende a la suma de PESOS QUINCE MILLONES ($ 15.000.000)... (Ac. 4222/26 SCBA).-"
- Votos: El Juez Xabier Uriaguereca votó por homologar con los fundamentos citados. Los Dres. Diogenes Carlos David Toraf y Mariana Landi votaron en igual sentido por compartir los argumentos/fundamentos. La decisión se adoptó por mayoría (unánime en el acuerdo).

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