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CASTILLO NAVARRO RITA BETTY C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

La actora promovió acción de revisión contra la aseguradora por resolución de Comisión Médica Jurisdiccional y las partes celebraron transacción para poner fin al juicio. El Tribunal homologó la transacción por escrito electrónico de fecha 15/4/2026, rechazó la eximición de tasa, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios y peritajes conforme al monto conciliado de $100.000.

Transaccion Homologacion Accion de revision Riesgos del trabajo Costas a la demandada Regulacion de honorarios Peritos Monto conciliado $100.000 Eximicion de tasa denegada Tribunal del trabajo n?2 (dolores).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: CASTILLO NAVARRO RITA BETTY. Demandado: LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Objeto: Acción de revisión por resolución de Comisión Médica Jurisdiccional (expte. caratulado "CASTILLO NAVARRO RITA BETTY C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057"). Las partes celebraron una transacción plasmada en escrito electrónico de fecha 15/4/2026 por la cual dieron por terminado el juicio. Decisión: Homologar la transacción celebrada el 15/4/2026; no hacer lugar a la eximición de tasa; imponer costas a la demandada; regular honorarios y honorarios/pericias en los montos indicados; notificar y registrar la finalización del juicio por acuerdo conciliatorio.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del tribunal): "La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contrario a las leyes de orden público (arts. 1641 y 1643 CCyC., 12 y 15 de la LCT, 308 del CPCC.) habiéndose alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes (SCBA LP L 87983 S 26/12/2012 Carátula: Olivera, Carlos Alberto c/Transportes Automotores La Plata S.A. s/Despido).- Por ello entiendo que corresponde homologar dicha transacción por medio de la cual las partes dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el escrito electrónico de fecha 15/4/2026 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas. No corresponde hacer lugar a la eximición de tasa solicitada por tratarse de una facultad del Tribunal (arts. 30 de la ley 15.057). Las costas serán soportadas por la demandada LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A." Además, la regulación de honorarios y peritajes se fundamentó en el monto conciliado: "A tal fin se ha tenido en cuenta como base regulatoria, el monto conciliado que asciende a la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000), la naturaleza, importancia y eficacia de las tareas desarrolladas en autos, etapa cumplida, de conformidad con lo preceptuado en las normas referidas supra, computando a los efectos del presente el valor de jus al día de la fecha (Ac. 4211/26 SCBA)." Regulaciones específicas dispuestas por el Tribunal:
- Honorarios Dr. Ezequiel Picallo (letrado de la actora): 0.40 JUS más porcentaje legal e IVA si correspondiere.
- Honorarios Monzani Mariana (letrada de la demandada): 0.40 JUS más porcentaje legal e IVA si correspondiere.
- Perito Contador Sandra Elisabet Ramirez: $3.000 más 10%, con retención 7%.
- Perito Médico Kuhn Gisela Mariela: $5.000 más 10%.
- Perito Psicólogo Maria Belen Mallol: $3.000. (Todas las regulaciones con más IVA si correspondiera).

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