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DV AGRO S.A C/ PULVERIZACIONES EL TREBOL S.A S/ COBRO SUMARIO SUMAS DE DINERO

Demanda de cobro sumario de facturas en dólares contra Pulverizaciones El Trébol S.A. La Cámara estima parcialmente la apelación y modifica la tasa de interés moratorio fijándola en 6% anual, por considerar razonable morigerar la tasa aplicada en primera instancia.

Cobro sumario Deuda en dolares Tasa de interes moratorio Morigeracion de intereses Art. 771 ccyc Tasa del 6% anual Costas en camara Apelacion Dv agro s.a. Pulverizaciones el trebol s.a.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: DV AGRO S.A. Demandado: Pulverizaciones El Trébol S.A. Objeto: Cobro sumario de sumas de dinero por facturas (deuda en dólares estadounidenses) por U$S9.569,10 más intereses. Decisión: Se estima parcialmente la apelación para fijar la tasa de interés moratorio aplicable en 6% anual (modificando la tasa pasiva fijada en primera instancia); costas en cámara a la parte apelada vencida; diferimiento de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos textuales relevantes extraídos del fallo): "1. La sentencia apelada de primera instancia sólo se ocupa de la tasa de interés por mora aplicable al caso, por ser el único punto de discusión que quedó pendiente entre las partes; para, en respuesta a ese tema, decidir que como se trata de una deuda en dólares estadounidenses, con citas de fallos y haciendo propia la jurisprudencia citada-, estimar razonable dejar de lado la tasa del 1,5% mensual que la parte actora entiende pactada en las facturas cuyo cobro se persigue, y la fija en la tasa pasiva más alta que fija el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos en dólares estadounidenses a treinta días, desde que cada factura reclamada es debida." "En suma, corresponde estimar parcialmente la apelación de fecha 25/11/2025 contra la sentencia del 14/11/2025 para establecer que la tasa de interés moratorio aplicable al caso es del 6% anual; con costas en cámara a la parte apelada vencida (art. 68 cód. proc.) y diferimiento de la resolución sobre los honorarios ahora (arts. 31 y 51 ley 14967)." Fundamentos centrales que motivaron la fijación del 6% anual (extractos): "Y se ha dado pie en el caso para efectuar dicha revisión, a través de la pretensión que se encuentra en el escrito de contestación de demanda del 1/11/2022, en su punto V, cuando se la estima como abusiva; ... a tenor del art. 771 del mismo código fondal, que establece la facultad judicial para reducir los intereses cuando la tasa fijada se aprecia excesiva." "Se trata ... de una deuda en dólares estadounidenses, lo que lleva a sostener que se mantiene a salvo, por principio, el crédito del acreedor frente a los vaivenes inflacionarios... Entonces, en seguimiento de aquella corriente jurisprudencial ya reseñada ... aparece como razonable seguir el mismo criterio, y fijar como tasa moratoria anual la del 6%, en vez de la tasa pasiva fijada por el juez, sustancialmente menor (arg. arts. 2 y 3 CCy)." Se consignan asimismo consideraciones sobre la falta de acreditación de una financiación efectiva por parte del acreedor que justifique la aplicación de una tasa activa y la inaplicabilidad del antiguo Código de Comercio en lo que pretende la actora.

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