BISBAL RICARDO ADOLFO C/ FRESCO SERGIO OMAR Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios automovilísticos por lesiones e incapacidad. La Cámara modificó la cuantía indemnizatoria: elevó gastos médicos a $200.000, daños psicofísicos a $16.000.000, daño moral a $5.000.000 y dispuso deducir $1.930.858,15 abonados por la ART, con aplicación de la tasa pasiva digital más alta del Banco Provincia desde el pago hasta su efectivo cobro.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ricardo Adolfo Bisbal.
Demandado: Sergio Omar Fresco (y la aseguradora citada en garantía Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada).
Objeto: indemnización por daños y perjuicios automovilísticos (lesiones, incapacidad sobreviniente, daño moral, gastos médicos, tratamientos, daño emergente por el rodado, entre otros).
Decisión: La Cámara, por mayoría, confirmó la responsabilidad de la demandada y modificó la sentencia de primera instancia en la cuantía de varios rubros indemnizatorios; dispuso la deducción del pago efectuado por Swiss Medical ART S.A.U. por $1.930.858,15 aplicándole los accesorios pertinentes y confirmó lo demás de la sentencia impugnada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
"Con fecha 10/2/2026, se agregó la contestación efectuada por Swiss Medical ART S.A.U., mediante la cual informó que: '.surge de los registros de esta aseguradora que al Sr. BISBAL RICARDO ADOLFO titular del N° de DNI: 28.467.599 se le abonó la suma de $ 1.930.858,15 en concepto de Incapacidad permanente parcial leve por el accidente denunciado como ocurrido en fecha 14/05/2022. Atento ello se acompaña a la presente, comprobante de pago de fecha 23/02/2023'."
"De allí es que corresponde fijar en este fuero la procedencia y alcance de las reparaciones por lesiones psicofísicas, tratamiento terapéutico, daño emergente, gastos de traslado, farmacia y tratamiento médico, daño moral y todo otro concepto que integre la condena en cabeza de la legitimada pasiva y, habiéndose arribado al acuerdo traído, así como cancelado su pago (v. inf. cit.), deducirse las sumas fijadas y abonadas en cumplimiento de aquel convenio, de la condena que aquí se establezcan. Ello, en tanto las aquí fijadas -a priori
- sean mayores o bien ejerciéndose las acciones de repetición correspondientes a las partes implicadas."
"En virtud de lo resuelto en forma antecedente, resta aclarar que la actualización solicitada por la citada en garantía respecto del monto abonado por la ART, ineludiblemente se desestima."
"Propongo ... b) Modificar la sentencia recurrida y elevar la suma correspondiente al rubro 'Gastos de farmacia, traslado y asistencia médica', a la de Pesos Doscientos mil ($200.000); el monto correspondiente a los Daños Físico y Daño psicológico al de Pesos Dieciseis millones ($16.000.000) -comprensivo de ambos aspectos-; y la suma correspondiente al 'Daño Moral' a la de Pesos Cinco Millones ($5.000.000); c) Confirmar el pronunciamiento recurrido en todo lo demás que fuera objeto de agravio y apelación, con costas de Alzada por su orden ..."
Sentencia (conclusión dispositiva): "a) se establece que al monto de $ 1.930.858,15 abonado al actor por Swiss Medical ART S.A.U, ... deberá aplicársele la tasa pasiva digital más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires, desde la fecha citada y hasta la fecha del efectivo pago ... Asimismo que el importe resultante deberá debitarse al momento de efectuarse la correspondiente liquidación del monto por el cual procede la indemnización del Daño psicofísico sufrido por aquél; b) se modifica la sentencia recurrida y se eleva la suma correspondiente al rubro 'Gastos de farmacia, traslado y asistencia médica', a la de Pesos Doscientos mil ($200.000); el monto correspondiente a los Daños Físico y Daño psicológico al de Pesos Dieciseis millones ($16.000.000) ...; y la suma correspondiente al 'Daño Moral' a la de Pesos Cinco Millones ($5.000.000); c) se confirma el pronunciamiento recurrido en todo lo demás ..."
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