RANGONE HUGO OMAR C/ SAIBENE JORGE Y OSCAR SOCIEDAD DE HECHO S/ COBRO EJECUTIVO
Cobro ejecutivo por pagaré en dólares por mora e intereses. La Cámara confirmó la resolución de grado que fijó los intereses moratorios a la tasa pasiva más alta del Banco Provincia para depósitos en dólares a 30 días, por ajustarse a la doctrina “Panettieri” y por ausencia de norma del Banco Central aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Hugo Omar Rangone, ejecutante.
Demandado: Jorge Saibene y Oscar Saibene (sociedad de hecho), ejecutados.
Objeto: Cobro ejecutivo por pagaré librado en dólares estadounidenses, con reclamo de intereses moratorios desde la mora (30/11/2019) hasta pago del capital (percibido 17/04/2026).
Decisión: Se rechazó la apelación del ejecutante y se confirmó la resolución de fecha 07/05/2026 que determinó los intereses moratorios aplicables a la tasa pasiva más alta que fija el Banco de la Provincia de Buenos Aires en depósitos en dólares estadounidenses a treinta días. Se impusieron costas al apelante.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original):
"III.2.b. Efectuado el señalamiento anterior, no quedan dudas entonces acerca de que los intereses reclamados en la demanda y receptados en el fallo, no tienen origen convencional o legal, sino que han sido impuestos judicialmente ante la ausencia de la concurrencia de las primeras dos circunstancias, como resarcimiento al acreedor a causa de la mora en el cumplimiento de la obligación. Es decir, no se trata de intereses punitorios, sino de moratorios fijados judicialmente (art. 768 inc. c CCyC). Me explico.
El art. 768 del CCyC establece que, a partir de la mora, el deudor debe los intereses correspondientes, cuya tasa se determina: i] por lo que acuerden las partes; ii] por lo que dispongan las leyes especiales y, iii] en subsidio, por tasas que se fijen según las reglamentaciones del Banco Central.
...
III.2.c. Ahora bien, ante el vacío legal y convencional en el supuesto que nos ocupa, el superior tribunal local se ha pronunciado sobre el asunto en el reseñado precedente 'Panettieri' (causa C. 123.306, sent. del 25-XI-2020), desechando la aplicación al caso del precedente 'De Almeida' (SCBA, causa C. 119.385, sent. del 29/08/2018) -que estableció un límite al interés punitorio para deudas en dólares del 2,5% anual-, justamente por no tratarse de un supuesto de intereses punitorios pactados, como había sucedido en aquel caso, sino de moratorios, como -se dijo
- acontece en la especie. Como consecuencia de ello, en aquella oportunidad la Suprema Corte confirmó la decisión de la Cámara que había fijado los intereses a la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires '.que en asuntos como el de autos, debe referirse al régimen de depósitos bancarios en dólares del Banco de la Provincia de Buenos Aires, que asigna una alícuota vinculada con el valor de esa divisa, que guarda una entidad suficiente para mantener la incolumnidad del capital.' (voto doctor Soria, consid. II. 3.b.i y II.3.c)."
- Conclusión votada por mayoría: "Se rechaza el recurso de apelación interpuesto el 15/05/2026 por el ejecutante y, en consecuencia, se confirma la decisión del 7 de mayo de 2026 en todo cuanto fuere materia de agravio. Las costas se imponen al apelante en su condición de vencido."
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