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R., R. S/ INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS Y REGIMEN ABIERTO EN CAUSA 19076 UFI 3 (IPP 03-00-004437-21) (20669 - JEP)

Incidente por salidas transitorias solicitadas por el penado Romualdo Ramírez. La Cámara confirmó la denegatoria del régimen de salidas transitorias por considerar la condición de reincidente, las notas negativas del informe psicológico y la necesidad de un tránsito progresivo en el régimen abierto ya concedido.

Incidente Salidas transitorias Regimen abierto Ejecucion penal Reincidencia Informe psicologico Regimen progresivo Negatoria Prision Ley 24660

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ROMUALDO RAMIREZ, a través de recurso (interpuesto por su representación). Demandado: Juzgado de Ejecución N°2 Departamental / órgano ejecutor que negó las salidas transitorias. Objeto: Concesión del régimen de salidas transitorias. Decisión: Se rechazó el recurso y se confirmó la resolución de primera instancia que negó las salidas transitorias. Se destacó que al penado ya se le concedió acceso al régimen abierto, por lo que debe transitar un periodo prudencial en ese marco antes de solicitar externaciones o salidas transitorias.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Surge del pronunciamiento en crisis que el Tribunal en lo Criminal N° 2 Departamental, dictó sentencia que en la que condenó a RAMIREZ ROMUALDO; como coautor penalmente responsable del delito de Robo doblemente agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no ha podido acreditarse y por causarse lesiones graves a la víctima, cometido el 1 de octubre del 2021 ... a la pena de cinco (5) años y tres (3) meses de prisión, con más las accesorias legales por igual tiempo, mantenimiento de declaración de reincidencia. Tal pena vence ... el día 18 de NOVIEMBRE de 2027..." "Del Acta Dictamen n° 038/2026 emitida por el DTC de la UP 6 de esta ciudad, surge que '...continua participando de las actividades recreativas y de esparcimiento, encontrándose a la espera de una vacante para incorporarse al ámbito laboral, sosteniéndose en los marcos disciplinarios propuestos, en el contexto del régimen Semi Abierto Amplio al que fue promovido con fecha 10/11/2025... Asimismo, es importante señalar que el sujeto manifiesta que no tiene intención de incorporarse a propuestas educativas y/o formativas, refiriendo limitaciones funcionales derivadas de problemas de salud... Desde el plano psicodinámico, surge como relevante los reiterados hechos delictivos que habrían comenzado en su adolescencia y sido naturalizados como modalidad de vida, advirtiéndose escasos recursos para mantenerse alejado de la transgresión. Actualmente, se lo observa reflexivo respecto al estilo de vida elegido...'" "Debo resaltar que en la misma resolución que le niega la Salidas Transitorias el juez de ejecución le otorgó el acceso al régimen abierto. En razón de ello, teniendo en cuenta el carácter progresivo de la pena, la condición de reincidente de Ramírez, y las notas negativas que surge del informe psicológico entiendo que deberá transitar el penado un periodo de tiempo prudencial en el marco mas laxo de alojamiento al que ha sido promovido a los fines de realizar nuevamente peticiones de externación o salidas transitorias." Resolución final del acuerdo: "I.
- SE RECHAZA el recurso de apelación en trato. II.
- SE CONFIRMA el pronunciamiento en crisis en cuanto dispuso I.
- NO HACER LUGAR al REGIMEN DE SALIDAS TRANSITORIAS requerido en favor de ROMUALDO RAMIREZ de conformidad a las razones expuestas en lo considerandos (art.1, 15, 16, 17, 101, 104 y ccadtes de la ley 24660)."

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