A., L. R. Y OTROS S/ROBO CALIFICADO (IPP 03-04-1687-26) J.G.N°6
Imputados apelaron la conversión de su detención en prisión preventiva por robos y hurtos agravados con participación de menores. La Cámara confirmó la conversión en prisión preventiva por entender acreditada prima facie la materialidad y autoría y existir peligros procesales, ponderando antecedentes y organización delictiva.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La resolución de fecha 23/06/2026 dictada por el Juez de Garantías Dr. David Leopoldo Mancinelli, cuya conversión de detención en prisión preventiva fue objeto de apelación por la defensa.
Demandado: Alexis Pablo Ezequiel Chasma; José Luís Gómez; Lautaro Román Aranda; Alicia Elizabet Vanesa Díaz (imputados).
Objeto: Se impugna la conversión en prisión preventiva de la actual detención de los imputados, por entender la defensa que no están acreditados los peligros procesales y que la libertad debe ser la regla con medidas menos gravosas.
Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la resolución que convirtió la detención en prisión preventiva respecto de todos los imputados por los hechos calificados como Robo Agravado y Hurto Agravado (varios hechos, concurso real, participación de menores, encubrimiento por habitualidad, tentativa en un caso).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones literales de los pasajes más relevantes):
"Mediante resolución dictada con fecha 23 de junio del año en curso el Señor Juez de Garantías Dr. David Leopoldo Mancinelli dispuso en cuanto fuera materia de agravio CONVERTIR EN PRISIÓN PREVENTIVA LA ACTUAL DETENCION que vienen sufriendo Alexis Pablo Ezequiel Chasma, José Luís Gómez, Lautaro Roman Aranda y Alicia Elizabet Vanesa Díaz, por suponerlos prima facie co-autores penalmente responsables de los delitos de (HECHO I) Robo Agravado de Vehículo Dejado en la Vía Pública; (HECHO II y III) Hurto Agravado de Vehículo Dejado en la Vía Pública Agravado por la participación de un menor de edad en Concurso Real con Encubrimiento Agravado por su habitualidad y (HECHO IV) Hurto Agravado de Vehículo Dejado en la Vía Pública Agravado por la participación de un menor de edad en Grado de Tentativa todos ellos en Concurso Real, en los términos de los arts. 41 quater, 42, 55, 163 inc. 6° en relación al art. 167 inc. 4°; 277 inc. 3 apart. c) en función del inc. 1 apart. c) del Código Penal."
"Considero que con los elementos cargosos invocados por el sentenciante se puede sostener, con la provisoriedad de este pronunciamiento, que existe justificación idónea de la materialidad ilícita (art. 157, inc. 1ro. C.P.P.) así como también elementos de convicción suficientes para sostener la autoría de Alexis Pablo Ezequiel Chasma los hechos I y IV, de José Luís Gómez el hecho II y de Lautaro Roman Aranda el hecho IV y Alicia Elizabet Vanesa Díaz la autoría del hecho III; (art. 157 inc. 3ero. C.P.P.), y habiéndose justificado la necesidad del encierro carcelario en la existencia de los denominados peligros procesales (art. 157 inc. 4to. C.P.P.) y habiéndose cumplido con el requisito del art. 308 C.P.P., se encuentran satisfechos la totalidad de los requisitos del artículo citado."
"Respecto de Chasma y Gomez ... prima facie formaron parte de la organización integrada por pluralidad de intervinientes para cometer los eventos descriptos aprovechándose además de la participación de menores de edad. Cabe tener presente que la investigación penal aún se encuentra en pleno tramite, pudiendo influir los encartados en caso de recuperar su libertad sobre las victimas a fin de que modifiquen sus testimonios."
"Por los fundamentos expuestos en el acuerdo que precede: I.
- Se rechaza el recurso de apelación en trato. II.
- Se confirma el pronunciamiento en crisis en cuanto dispuso CONVERTIR EN PRISIÓN PREVENTIVA LA ACTUAL DETENCION que vienen sufriendo Alexis Pablo Ezequiel Chasma, José Luís Gómez, Lautaro Roman Aranda y Alicia Elizabet Vanesa Díaz..."
- Otros antecedentes relevantes incluidos en la fundamentación:
- Condena previa de Aranda: IPP Nº 03-04-2026-25/00, condenado el 18/06/2025 a 1 mes de prisión en ejecución condicional por "Robo en Grado de Tentativa".
- Condenas previas de Díaz: juicio abreviado 11/07/2019 pena de 5 años de prisión efectiva; I.P.P. Nº 03-04-2581-23/00 condena 25/08/2023 a 8 meses de prisión efectiva y declaración de reincidencia.
- Descripción de los hechos (fechas y circunstancias de los cuatro hechos que motivan la acusación: 04/05/2026, 08/05/2026, 08-09/05/2026 y 09/05/2026), detallando sustracciones de motos, participación de menores y tentativa frustrada.
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