QUERCETTI DANIELA BEATRIZ Y OTRO/A C/ LA SEGUNDA ART S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
Los abogados demandaron la regulación de honorarios por la actuación profesional ante la Comisión Médica Jurisdiccional en el expediente N° 610484/23. El Tribunal hizo lugar a la demanda regulatoria y fijó por cada actor 7,5 unidades jus para las labores extrajudiciales, imponiendo el pago a la ART y costas a su cargo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La Dra. Daniela B. Quercetti y el Dr. Luis N. Rodríguez.
Demandado: La Segunda ART SA.
Objeto: Regulación y cobro de honorarios por la actuación profesional desplegada ante la Comisión Médica Jurisdiccional en el trámite administrativo N° 610484/23 (o 610484/26 según constancias) relativo a la asistencia del trabajador asistido por la ART.
Decisión: Hacer lugar a la demanda regulatoria; fijar los honorarios por las labores extrajudiciales en 7,5 unidades jus por cada uno, más aportes de ley e IVA si corresponde; ordenarse el pago a cargo de la ART en el plazo del art. 54 (6° párrafo) de la ley 14967; costas a la ART por su orden.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Trajeron su demanda la Dra. Daniela B.Quercetti y el Dr. Luis N. Rodríguez, y con ello, se abrió el debate y la intervención jurisdiccional cuya dilucidación nos reúne en Acuerdo, proceso a través del cual la parte actora se direcciona a obtener la regulación estipendial que inhiere a las labores que dice haber prestado ante la Delegación de la Comisión Médica Jurisdiccional sita en esta ciudad durante el trámite administrativo instruido bajo el N° 610484/23, como letrados del dependiente de la asegurada por la ART accionada, actuaciones aquéllas donde la demandada intervino, transitándose así, de tal modo, la etapa administrativa previa y excluyente que norma el art. 1° de la Ley N° 27348 ..."
"Probado está, entonces, que en las actuaciones citadas, la ART intervino activamente, transitándose, de tal modo, la etapa administrativa previa y excluyente que norma el art. 1° de la Ley N° 27348 ... lo que culminó con éxito para la pretensión administrativa de mentas, siendo que el rol de obligada al pago nos viene dado por el art. 1°, párrafo 4°, de la ley 27348."
"Siendo tal el panorama, sin base arancelaria a la vista ni apreciación económica del asunto ... entiendo y propongo al Acuerdo que al actor, por sus trabajos en sede administrativa y aplicándose el margen que postula el art. 44 en el cierre de su texto, corresponde que le fijemos 7,5 unidades jus a cada actor ... más sus aportes de ley e IVA en caso de corresponder, en el plazo del art. 54 (6° párrafo) de la ley 14967 ... con costas de la presente proceso (art. 1°, ley 27348; arts. 68 y 69 del CPCC)."
"Corolario de todo lo anterior, el Tribunal resuelve: Hacer lugar a la demanda incoada por la demanda regulatoria incoada por la Dra. Daniela B. Quercetti y por el Dr. Luis N. Rodríguez contra La Segunda ART SA, fijando sus honorarios correspondientes a las labores extrajudiciales emprendidas ... en 7,5 unidades jus para cada cual de ellos ... más sus aportes de ley e IVA en caso de corresponder, cuyo pago estará a cargo de la accionada en el plazo del art. 54 (6° párrafo) de la ley 14967, en la cuenta a nombre de autos, con costas a la ART por su orden atento el allanamiento habido (arts. 68 CPCC y 89 ley 15057)."
Adicionalmente, el Tribunal reguló importes puntuales consideradas las jus totales (15 jus en el proceso) y, en mérito al estado de autos, fijó los emolumentos del Dr. Luis Nicolás Rodríguez en 2,31 jus (equivalentes a $114.922,50) y los del Dr. Ignacio Mugica en 1,61 jus (equivalentes a $80.097,50), con sus adicionales de ley e IVA si correspondiera.
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