BESSONE MARCIA ANAHI C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La actora promovió acción de revisión de resolución de Comisión Médica por siniestro laboral solicitando indemnización por incapacidad. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el DNU 669/2019 y condenó al Ministerio de Seguridad a pagar $11.115.275,88 por incapacidad parcial y permanente (9,50% T.O.), con costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Marcia Anahí Bessone.
Demandado: Ministerio de Seguridad
- Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (empleador autoasegurado).
Objeto: Acción de revisión de resolución de Comisión Médica jurisdiccional (Ley 15.057) por siniestro laboral ocurrido el 9/2/2023 y pago de indemnizaciones por secuelas incapacitantes por $5.022.810 y accesorios (liquidación en autos).
Decisión: Se hizo lugar a la demanda. Se determinó incapacidad laboral parcial, permanente y definitiva del 9,50% de la Total Obrera, se declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 y la inaplicabilidad de las Resoluciones SSN 1039/2019 y 332/2023; se condenó al Ministerio de Seguridad a pagar $11.115.275,88 dentro de los diez días, con costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes):
"Respecto a la incapacidad psicofísica determinada, con base a la experiencia en la materia de la médica actuante, los exámenes clínicos efectuados y el material probatorio producido en autos, la perito arriba a las conclusiones citadas de las que no encuentro mérito para apartarme y tampoco advierto otras constancias en la causa que me permitan alejarme de sus conclusiones o que denoten un grosero error en la labor pericial; constando además que la experticia se ha cumplimentado con los baremos de ley.
Es por todo ello que considero que la pericia goza de plena eficacia probatoria (art. 54 y 57 de la Ley 15.057).
En tal sentido, considero probado que el accidente de autos ha generado secuelas incapacitantes psicofísicas que advierten estricta regla de causalidad, sin que existan otras constancias en autos que permitan desvirtuar la pretensión incoada por la parte actora.
...Consecuentemente, considero probado que Marcia Anahí Bessone padece una incapacidad parcial y permanente del: 9,50% de la T.O. proveniente del daño físico, psíquico y respectivos factores de ponderación; y que guarda relación causal con el siniestro sufrido por la actora."
"Por lo que, para el caso, aplicando los valores debidamente acreditados, corresponde: $783.464,92 x 53 x (65/40) x 9,50% = $6.410.212,02.
Monto que supera el mínimo establecido por el Decreto 1694/2009, vigente al momento del infortunio laboral de autos. ... Conformemente; y considerando que la propia SCJBA descartaría aplicar como una opción adecuada, a la tasa activa, como tasa de interés de las admitidas por el artículo 768 del Código Civil y Comercial ... entiendo que en estas actuaciones una indemnización de $6.410.212,02; no lo hace; no siendo ella justa, ni reparatoria en los términos del artículo 1 inc. b de la Ley 24.557; por lo que consolidando derechos constitucionales de la víctima -entre otros el de propiedad-, parece razonable fijar como pauta indemnizatoria en estos autos, el piso mínimo garantizado por el Régimen de Riesgos del Trabajo al presente -art. 2 de la Resolución de la S.R.T. 15/26; decreto 1694/09 y art. 8 ley 26.773-, esto es la suma de $9.262.729,90 ($ 97.502.420 9,50%).
Consecuentemente voto por declarar la inaplicabilidad e inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la Ley de Convertibilidad (N° 23.928) y de los puntos 1 y 2 del artículo 12 de la Ley 24.557 -con la modificación impuesta por el artículo 11 Ley 27.348
- ..."
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