TOPHAM DANIELA C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La actora promovió acción especial por prestaciones por incapacidad permanente derivada de accidente in itinere (12/12/2023). El Tribunal desestimó la demanda por no acreditarse incapacidad psicofísica permanente y dio eficacia probatoria al informe médico que descartó secuelas físicas, imponiendo costas a la actora con beneficio de gratuidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Daniela Topham, representada por apoderado.
Demandado: Provincia ART S.A.
Objeto: Prestaciones por incapacidad permanente previstas en las leyes 24.557, 26.773 y 27.348, por accidente de trabajo (in itinere) ocurrido el 12/12/2023; se solicitó incapacidad física 20% e incapacidad psíquica 10% (total 30%).
Decisión: Desestimar la demanda por no acreditarse incapacidad psicofísica permanente derivada del hecho. Se impusieron las costas a la actora con beneficio de gratuidad; se regularon honorarios de letrados y peritos (ver montos).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Valorando la prueba en su conjunto bajo la sana crítica, se observa que el dictamen médico es categórico al descartar secuelas físicas tras el siniestro, apoyado en estudios complementarios normales. En cuanto a la pericia psicológica, si bien describe un cuadro reactivo, la falta de acreditación de lesiones físicas permanentes que actúen como sustrato del daño reclamado debilita el nexo causal con un carácter de incapacidad laboral definitiva. Por lo tanto, se asigna eficacia probatoria al informe médico que descarta la existencia de una minusvalía física permanente."
"III.2. Toda vez que no se ha acreditado que como consecuencia del accidente de trabajo la persona demandante haya visto mermada su integridad psicofísica con carácter permanente, la demanda deberá ser desestimada (arg. art. 375, CPCC; art. 726, CCyC)."
Parte dispositiva:
"1. Desestimar la demanda interpuesta por DANIELA TOPHAM contra PROVINCIA ART S.A. (art. 726, CCyC).
2. Imponer las costas a la parte actora por aplicación del principio de la derrota, con el beneficio de gratuidad que la ley acuerda (arts. 24, 25, 27, 57, 89 y cc. de la ley 15.057; 68 y cc. del CPCC)."
Además, sobre honorarios y montos:
"Los honorarios de los letrados ... por la parte actora FERNANDO NAHUEL LOPEZ VARA, en la cantidad de 63,91 JUS; por la parte demandada HERNAN JOSÉ MIGUEL CAPOLUPO en la cantidad de 91,30 JUS (Valor del IUS $ 49.750 ...)."
"Los honorarios del perito médico PABLO OSCAR GATTI y la perita psicóloga NATALIA MARTA MAIOLA se fijan en la suma de $700.000 y 650.000, respectivamente, con más los aportes previsionales..."
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