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GERVASIO IGNACIO ARIEL C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

Demandante reclama prestaciones por accidente de trabajo in itinere por lesiones cervicales. El Tribunal hace lugar en su mayor extensión, declara la inconstitucionalidad del DNU 669/19 y del artículo 12.2 LRT (texto conforme ley 27.348) y condena a la aseguradora a pagar $110.541.554,22 más intereses al 5% anual.

Accidente in itinere Ley 24.557 (lrt) Dnu 669/19 Inconstitucionalidad Indemnizacion ilpp (art.14.2.a) Piso minimo resarcitorio Actualizacion ripte Intereses tasa pura 5% Federacion patronal seguros s.a.u. Primera instancia (tribunal del trabajo n?3)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ignacio Ariel Gervasio, representado por apoderado, ex chofer de Transporte El Águila de Junín SRL. Demandado: Federación Patronal Seguros S.A.U., aseguradora de riesgos del trabajo contratada por la empleadora. Objeto: Prestaciones previstas en art. 14 ap. 2 inc. "a" de la ley 24.557 (indemnización por incapacidad parcial y permanente) y art. 3 de la ley 26.773; intereses y costas. Accidento in itinere ocurrido el 1/8/2024, con diagnóstico aceptado administrativamente y pericia judicial que fijó incapacidad física final del 13%. Decisión: Se declara la inconstitucionalidad del DNU 669/19 y del art. 12.2 de la ley 24.557 (texto conforme ley 27.348). Se hace lugar a la demanda en su mayor extensión, salvo la pretensión fundada en el art. 3 de la ley 26.773 que se rechaza. Se condena a la aseguradora a pagar $110.541.554,22 por prestaciones dinerarias por incapacidad parcial y permanente, más intereses tasa pura 5% anual desde el 1/8/2024; total liquidado $121.368.569,46. Costas a la demandada. Regulados honorarios y peritos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Entendió que no se justifica, en su dictado, la potestad ejercida, tanto en lo relativo a la configuración de una emergencia, cuanto a la imposibilidad de seguir el procedimiento legislativo. Concluye así el máximo Tribunal provincial, determinando que dicho DNU 'resulta palmaria e insanablemente inconstitucional por no reunir los requisitos que el art. 99 inc. 3 de la Constitución Nacional establece -inexorablemente
- para su dictado'." "Así, conforme el art. 12.2 ley 24.557 modificado por la ley 27.348, la liquidación del IBM asciende a $ 3.509.771,79, y la indemnización por ILPP del art 14 2 a LRT a $ 58.216.714,69 (53 x $ 3.509.771,79 x 13% x 65 / 27, coef. 2,41)." "Alojada la inconstitucionalidad del artículo 12 inciso 2° de la ley 24.557 exclusivamente en el método empleado para la actualización de los ingresos obtenidos ... es preciso adoptar un mecanismo razonable... Para ello se la liquidará sobre la base de los salarios obtenidos con arreglo al artículo 12 inc. 1 de la ley 24.557, con lo que alcanza la suma de $32.772.300,54 ... Al trasladar esa proporción al piso mínimo derivado del artículo 2° de la Resolución 15/2026 de la SRT ... se obtiene una prestación actualizada de $110.541.554,22." "La misión de calificar las pretensiones y aplicar el derecho vigente constituye un resorte exclusivo de los tribunales de justicia... máxime cuando se trata de créditos irrenunciables que se conectan con la reparación del daño la integridad psicofísica, cuyo pago debe ser garantizado por el estado frente a toda circunstancia (artículos 14 bis, 17 y 75 inc. 22, Constitución Nacional; art. 11 inc. 1, ley 24.557)." Sentencia (resolución): "El monto de condena asciende a la suma de CIENTO DIEZ MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS CON VEINTIDOS CENTAVOS ($110.541.554,22), en concepto de prestaciones dinerarias por incapacidad de grado parcial y de tipo permanente ... con más los intereses tasa pura al 5% anual ... Total de la liquidación: $121.368.569,46."

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