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LUGONES KARINA ELIZABETH C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Demanda por indemnización por accidente de trabajo por secuelas lumbar derivadas de tareas como enfermera. El Tribunal rechazó la demanda por no acreditarse el nexo causal entre la secuela dictaminada y el accidente base, y condenó en costas a la actora.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Karina Elizabeth Lugones, representada inicialmente por Dr. Federico Somas y luego por Dr. Alberto Julián Teisseire. Demandado: PROVINCIA A.R.T. S.A. Objeto: Indemnización por las consecuencias dañosas de un accidente de trabajo del 16/02/2015 ocurrido mientras la actora cumplía tareas de traslado de paciente como enfermera; se impugnan también diversas previsiones de la ley 24.557 y decretos relacionados. Decisión: Se rechazó la demanda por no acreditarse el nexo causal entre la secuela dictaminada y el accidente denunciado; las costas se impusieron a la actora. Regulación de honorarios diferida hasta firmeza.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Conforme surge de la pericia médica de autos, presentada el 2/05/2024, la Sra. Lugones ostenta una discopatía lumbar. Presentando una incapacidad parcial, permanente e irreversible del 25% de la t.o. (LEY 24557) por su patología columnaria, siendo atribuible a las tareas desarrolladas en su trabajo un 15%, el porcentaje restante corresponde a factores externos y personales de la actora (edad, herencia, genética, etc.). Factores de ponderación 3.50%. Por lo tanto, presenta una incapacidad parcial y permanente del 18.50% de la t.o. Ahora bien, la dolencia detectada en la experticia médica ut supra reseñada, fue atribuida a las tareas desarrolladas y no al accidente sufrido en ocasión de trabajo reclamado en autos, tal conclusión no fue impugnada. Por tanto, considero no probado el nexo causal entre la secuela dictaminada y el accidente base del reclamo de autos. Asimismo, destaco que la simple invocación en demanda por parte de la actora que a causa de sus labores, sufre y presenta secuelas incapacitantes que implican una minusvalía psico-fisica resulta insuficiente a los efectos de configurar un reclamo por enfermedad profesional y en caso tampoco se produjo prueba alguna de las condiciones de trabajo a las cuales estaba afectada la Sra. Lugones." "En el abordaje de la cuestión fáctica se concluyó que, en atención a la evaluación de la pericia médica, no se acreditó el nexo causal entre la secuela dictaminada y el accidente base del reclamo de autos. Determinando el perito que la dolencia detectada resulta imputable a las tareas desarrolladas. Por tanto, propongo que se rechace la demanda incoada y, en consecuencia, se considere abstracto el tratamiento de las demás defensas y planteos introducidos por las partes, con costas a la parte actora perdidosa (art. 24 de la ley 15.057)." Votos: los tres jueces votaron en el mismo sentido (Brasi, Aparisi y Capucchio).

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