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RIVADERO FABIANA RAQUEL C/ ANDINA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Conciliación laboral por accidente de trabajo homologada por Tribunal del Trabajo Nº 2. El Tribunal homologó el acuerdo por $3.000.000 considerando que la composición es justa y no vulnera las disposiciones de orden público laboral, y ordenó costas, tasa de justicia y regulación de honorarios.

Conciliacion homologada Accidente de trabajo Art. 30 ley 15.057 Homologacion Lct arts. 15 y 263 Costas Tasa de justicia $66.000 Honorarios (letrados $600.000 c/u) Peritos $200.000 Tribunal del trabajo n? 2

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: RIVADERO FABIANA RAQUEL. Demandado: ANDINA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA. Objeto: Acción especial por accidente de trabajo; se presentó y celebró una conciliación entre las partes. Decisión: Se homologó la conciliación por la suma de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000), se regularon costas, tasa de justicia y honorarios de letrados y peritos, y se fijaron pautas de pago e intimaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo): "La conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art. 30 de la Ley 15.057
- RC 1840/24 SCBA). .-Costas conforme a lo solicitado.-" Parte dispositiva y considerandos sobre homologación y pagos: "1) HOMOLOGAR la conciliación celebrada entre las partes actora RIVADERO FABIANA RAQUEL y la demandada ANDINA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA, por la suma de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000) imputable a los rubros reclamados en autos y en la forma pactada en el Acuerdo presentado. 2) COSTAS: Las costas serán conforme a lo solicitado. 3) No ha lugar a la exención del pago de la tasa de justicia y su adicional, correspondiendo fijar en concepto de TASA de JUSTICIA, la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MIL ($ 66.000), la que deberá ser abonada dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente, ... y con más el 5 % de Sobretasa Contribución Caja de Abogados, la suma de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS ($ 3.300), bajo apercibimiento de ley..." Sobre regulación de honorarios y peritos: "Regúlanse los honorarios del letrado apoderado de la parte actora Dr. PINSKER FERNANDO ARIEL en la cantidad de 12,06 Jus ($ 600.000) más IVA en caso de corresponder, y del letrado apoderado de la parte demandada Dr. RODRIGO XAVIER GENTILE en la cantidad de 12,06 Jus ($ 600.000) más IVA en caso de corresponder, a los que debe adicionarse el 10 % de ley... Regúlanse los honorarios del Perito Contador, ETCHEGUIA IGNACIO , en la suma de pesos DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), más IVA ... Los del perito médico Dr. FAIAD SABASTIAN LUCAS, en la suma de pesos DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), más IVA ..." (Votos de los tres jueces: la Jueza Vodeb fundó la homologación en que la conciliación constituye "una justa composición" y no enerva las normas laborales de orden público; Ginocchio y Ortiz adhieren por las mismas consideraciones.)

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