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GEREZ AGUSTIN MARCELO C/ GERENCIAMIENTO EN SEGURIDAD PRIVADA S/ DESPIDO

El actor demandó por despido y las partes celebraron una conciliación abarcativa de los rubros reclamados. El Tribunal homologó la conciliación por unanimidad y reguló honorarios, ordenó el depósito de las tasas de justicia y la apertura de cuenta bancaria.

Despido Conciliacion Homologacion Tribunal del trabajo n?2 Honorarios Tasas de justicia Deposito Abogados Ley 20.744 Apertura de cuenta bancaria

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Gerez Agustín Marcelo. Demandado: Gerenciamiento en Seguridad Privada. Objeto: Reclamo por despido (acción laboral) y rubros derivados del mismo; las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio. Decisión: Homologación de la conciliación arribada por las partes; regulación de honorarios; intimación a la demandada para depósito de tasas y orden de apertura de cuenta bancaria.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes del fallo): "Atento que lo pactado libremente por las partes cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que se supongan reconocidos por el demandado en autos, ni afecta disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas (arts.15, ley 20.744 t.o.; 1641, 1643 y ccs., del C. Civil y C. de la Nación; 73 y concds. del CPCC; 24, 30 y 89, ley 15.057)." "Terminado el Acuerdo, el Tribunal RESUELVE: a) Homologar la conciliación arribada por las partes en las presentes actuaciones; b) Regular los honorarios de los abogados Rodolfo Bernardo Garcia Quiroga y Luis Federico Luque en el monto equivalente a 20,10 IUS para cada uno en todos los casos con más el 10% de aportes previsionales y el 21 % en concepto de devolución de IVA de corresponder...; c) Intimar a la demandada para que en el plazo de cinco días deposite en autos las sumas de $110.000 y $5.500 en concepto de Tasa de Justicia y sobre Tasa, respectivamente, bajo apercibimiento de ejecución (Res.100/96 S.C.B.A.); d) Librar oficio al Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Tribunales, a los efectos de la apertura de cuenta; REGISTRESE, NOTIFIQUESE y oportunamente ARCHIVESE."

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