NAGERA CASTRO DAMIÁN ANIBAL C/ PROVINCIA ART S.A S/ MATERIA A CATEGORIZAR
El letrado promovió demanda de regulación y pago de honorarios por su intervención como patrocinante en expediente ante la Comisión Médica N°11, en el que se homologó una incapacidad del 58% y una indemnización de $104.197.592,32. El Tribunal hizo lugar a la demanda y reguló honorarios en 261,80 IUS imponiendo las costas a ART PROVINCIA S.A., con regularización de sumas para ambos profesionales intervinientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: El/la letrado/a Damián Anibal Nagera Castro, actuando por derecho propio.
Demandado: ART PROVINCIA S.A., representada en el expediente por la Dra. Natalia Andrea Oballe.
Objeto: Regulación y pago de honorarios profesionales por la actuación del actor como patrocinante del trabajador Luis Norberto Saucedo en el expediente N° 218031/25 de la Comisión Médica N° 11 de La Plata.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda. Se condenó a ART PROVINCIA S.A. a pagar 261,80 IUS al actor por honorarios profesionales, más aportes previsionales e IVA si correspondiera; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios de ambos profesionales intervinientes en 39 IUS cada uno.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo, lenguaje original del Tribunal):
"Que el/la letrado Damián Anibal Nagera Castro, en actuación por derecho propio, promovió demanda contra ART PROVINCIA SA reclamando regulación y pago de honorarios por su labor como patrocinante del/la trabajador Luis Norberto Saucedo en el expediente n° 218031/25 de la Comisión Médica n° 11 de La Plata."
"Que tales actuaciones concluyeron con la homologación de un acuerdo que reconoció a el trabajador una incapacidad del 58% y una indemnización de $104.197.592,32."
"Que la demandada ... reconoció la intervención profesional pero sostuvo que los honorarios debían calcularse en el 5% del monto indemnizatorio, según normativa administrativa interna, o reclamarse ante la repartición correspondiente."
"Que se encuentra acreditada la actuación profesional del/la letrado Damián Anibal Nagera Castro, en las actuaciones administrativas referidas."
"Que el art. 1 de la ley 27.348 establece que los honorarios profesional por actuaciones ante las Comisiones Médicas estarán a cargo de la ART o empleador autoasegurado."
"Que corresponde aplicar la ley arancelaria 14.967, resultando inaplicables normas administrativas de menor rango."
"Que ponderando el monto del asunto, la labor profesional y las pautas de los arts. 9,16, 21, 44 y 55 de la citada ley, corresponde fijar los honorarios en 261,80 IUS."
Resolución dispositiva (transcripción):
"1. HACER LUGAR a la demanda promovida por el/la letrado/a DAMIÁN ANIBAL NAGERA CASTRO y condenar a ART PROVINCIA SA a pagarle la suma de 261,80 IUS en concepto de honorarios profesionales por su actuación en el expediente N°218031/25 de la Comisión Médica N° 11 de La Plata, con más aportes previsionales e IVA si correspondiere arts. 1, 2,16, 21, 22, 24 y 55 de la Ley 14.967; Res. 298/17)."
"2. IMPONER LAS COSTAS a la demandada y REGULAR LOS HONORARIOS de los profesionales intervinientes, abogados Damian Anibal Nagera Castro y Natalia Andrea Oballe en las respectivas sumas de 39 IUS para cada uno, con más los aportes legales e IVA si correspondiere, los que se encuentran adecuados al mérito, importancia y naturaleza de la labor cumplida y al monto del juicio determinado conforme las pautas establecidas."
Adicional (sobre forma de pago):
"3. Hágase saber a las partes que la cancelación de los honorarios profesionales regulados en autos deberá efectuarse mediante transferencia o depósito directo en la cuenta bancaria de cada beneficiario ... en orden a lo normado por el art. 277 de la Ley 20.744, modificado por Ley 27.802 (B.O. 06/03/2026) ... debiendo, la obligada al pago, acreditar en estos autos el cumplimiento de las obligaciones a su cargo..."
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