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IBALO RAQUEL SILVINA VALERIA C/ GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES/A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057 (0)

Acción de revisión de resolución de Comisión Médica por epicondilitis reclamada como accidente de trabajo y pedido de indemnización. El Tribunal rechazó íntegramente la demanda al considerar probada la ausencia de incapacidad física y no haberse cumplido la instancia previa para la pericia psicológica, basando su decisión en el informe pericial que concluyó función conservada y ausencia de incapacidad según la Tabla de Evaluación de la LRT.

Accion de revision Accidente de trabajo Epicondilitis Incapacidad Pericia medica Comision medica jurisdiccional Ley 24.557 Ley 27.348 Autoaseguro provincia de buenos aires Rechazo de demanda.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Raquel Silvina Valeria Ibaló, representada por Dr. Pablo Daniel Ridella. Demandado: Gobernación de la Provincia de Buenos Aires
- Dirección General de Cultura y Educación (autoasegurada). Objeto: Acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional por incapacidad derivada de accidente de trabajo ocurrido el 20/8/2021 (epicondilitis de codo derecho). Se reclamaba indemnización conforme ley 24.557 (art. 6) y art. 3 Ley 26.773, solicitando 40% de incapacidad psicofísica y 20% adicional; además se peticionó pericia psicológica. Decisión: Se rechazó íntegramente la demanda por carecer de causa fuente jurídica; costas a la orden; se declararon abstractos varios planteos de inconstitucionalidad y el análisis de la pericia contable.
- Fundamentos principales de la decisión (citas textuales relevantes):
- Sobre la pericia médica y su conclusión: "La actora presenta función conservada en los segmentos anatómicos explorados", determinando que como resultado del examen clínico, físico y exámenes complementarios no presenta Incapacidad tomando en consideración la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales de la Ley 24.557
- Dec 659/96."
- Explicación del criterio probatorio y rechazo del reclamo: "Consecuente con lo expresado y apreciando conforme las reglas de la sana crítica la prueba recibida... no encuentro razones para apartarme de las conclusiones periciales; y en cuanto aquella luce producida con sustento y rigor científico. Por ello, tengo para mi por cierta y probada la ausencia de incapacidad física de la Sra. IBALO, con motivo del accidente sucedido el 20 de agosto de 2021."
- Sobre la pericia psicológica y la instancia previa: "la pericia psicológica, pedida en demanda, fue oportunamente desestimada su producción al proveerse las pruebas ofrecidas, en razón de no verificarse el cumplimiento del art. 1° de la ley 27.348, quedando consentida en tales términos (art. 17 de la L.O.), en razón de lo cual la incapacidad reclamada a su respecto, no ha sido probada."
- Decisorio: "RECHAZAR INTEGRAMENTE LA DEMANDA promovida por RAQUEL SILVINA VALERIA IBALO contra GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
- DIRECCION GENERAL DE CULTURA y EDUCACION, por carecer de causa fuente jurídica (art. 726 del CCC)."
- Sobre competencia e inconstitucionalidad: "RECHAZAR la inconstitucionalidad que promueve la parte actora respecto de la ley 27.348 en cuanto dispone en materia de competencia; y DECLARAR ABSTRACTOS el tratamiento del planteo de inconstitucionalidad promovido..."

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