Logo

CASTILLO MARCELO ALEJANDRO JESUS C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057 N°6

El actor promovió acción de revisión de resolución de la comisión médica por accidente de trabajo por torsión de tobillo derecho. El Tribunal rechazó la demanda por falta de prueba de las patologías incapacitantes y aplicó la imposición de costas a la parte actora.

Accion de revision Accidente de trabajo Incapacidad Carga de la prueba Apercibimiento art.12 ley 15.057 Art. 375 cpcc Rechazo de demanda Costas Ley 24.557 Comision medica jurisdiccional

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: CASTILLO MARCELO ALEJANDRO JESUS, representado por el Dr. Sebastián Matías Levi. Demandado: ASOCIART S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo, representada por el Dr. Federico Carlos Tallone. Objeto: Cobro de prestaciones dinerarias previstas por las leyes 24.557 y 26.773 (según ley 27.348) derivadas de accidente de trabajo ocurrido el 16/09/2021 cuando, siendo chofer, al bajar del colectivo habría sufrido una torsión de tobillo derecho; se promovió acción de revisión de resolución de comisión médica jurisdiccional (Ley 15.057). Decisión: Rechazar en todas sus partes la demanda; imponer costas a la parte actora y ordenar liquidación por Secretaría a los fines arancelarios y de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Respecto a la controversia existente en torno a las patologías incapacitantes denunciadas en el inicio, pesaba en mi opinión sobre el accionante la carga procesal de acreditar sus padecimientos (cfr. art. 375 del C.P.C.C.), obligación que advierto incumplida en la causa. En efecto, analizadas las constancias de autos surge que el actor fue intimado en fecha 9/4/2026 para que en el plazo de cinco días de notificado acredite y justifique la inasistencia a la entrevista médica oportunamente fijada por el perito designado en autos, bajo apercibimiento de darle por perdido el medio probatorio en los términos del art. 12 ley 15.057. Que habiendo guardado silencio a su respecto la parte actora, por ello, en consecuencia se procedió a efectivizar el apercibimiento dispuesto en autos, habiendo quedado firme y consentida dicha providencia, conforme constancias de autos. Consecuentemente, habré de colegir que el accionante no probó en autos padecer las patologías incapacitantes denunciadas en su escrito de inicio (art. 375 CPCC). A la luz de ello, ante la ausencia de prueba de la incapacidad alegada, entiendo que deviene abstracto abocarse al análisis de los restantes hechos controvertidos." "Encontrándose acreditado en autos, tal como se analizara precedentemente, que la parte actora no logró probar las patologías incapacitantes alegadas en el escrito liminar (art. 375 CPCC), corresponde en mi opinión propiciar el rechazo de la demanda incoada en todas sus partes (art. 726 C.C.yC.) con expresa imposición de costas (art. 24 con los alcances del art. 27 ley 15.057). Esta forma de resolver torna abstracto abocarse al tratamiento de cualquier planteo de inconstitucionalidad articulado por la parte actora en su escrito liminar como de las excepciones opuestas por la demandada. ASI LO VOTO." Texto de la parte resolutiva: "1°) Rechazar en todas sus partes la demanda incoada por CASTILLO MARCELO ALEJANDRO JESUS contra ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (ART. 726 CCC). 2°) Imponer las costas de la acción a la parte actora vencida con los alcances del art. 24 y 27 de la ley 15.057. 3°) Practíquese liquidación por Secretaría a los fines arancelarios y fecho, vuelvan los autos al acuerdo a los fines de regular los honorarios a los profesionales intervinientes."
- Votos: La Dra. Verónica Luján Sanchez votó con los fundamentos transcritos; las Dras. Carolina Noale y María Florencia Blanco Kühne adhieren a dicho voto.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar