REYES NANCY MABEL C/ COTO CICSA S/ DESPIDO
La actora promovió demanda por despido y las partes celebraron una transacción para poner fin al juicio. El Tribunal homologó la transacción en los términos del escrito de fecha 14/7/26, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios y pago al perito.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: REYES NANCY MABEL.
Demandado: COTO CICSA.
Objeto: Litigio por despido que las partes resolvieron mediante transacción.
Decisión: Homologación de la transacción celebrada por las partes documentada en el escrito del 14/7/26; imposición de costas a la demandada; regulación de honorarios de letrados y del perito; indicaciones para la forma de pago (cuenta bancaria, comprobantes, conceptos bancarios, intimación para pago de tasa y sobretasa de justicia de $275.000 y $13.750 respectivamente).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del Tribunal):
"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y 'se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (SCJBA., LP L 87983 S 26/12/2012, Carátula: 'Olivera, Carlos Alberto c/ Transportes Automotores La Plata S.A. s/ Despido')."
"Asimismo y teniendo en cuenta que la homologación es la confirmación que da el Juez a ciertos actos y convenciones para hacerlas así más 'firmes', 'ejecutivas', 'solemnes' (Escriche: Diccionario Enciclópedico Salvat t. VII) entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el ESCRITO DEL 14/7/26 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas."
- Resoluciones relevantes y montos:
- Homológase la transacción de fecha 14/7/26.
- Costas a cargo de la demandada COTO CICSA (art. 73 CPCC, arts. 24, 25, 89 ley 15057).
- Honorarios regulados: LUIS FERNANDO TROVATTO 33,48 Jus; PAMELA ROCIO TROVATTO 16,75 Jus; MARCELO BONAVITA 28,54 Jus; LAURA GABRIELA CACHAGUA 16,08 Jus; DANIEL MAURICIO PATUTO 5,62 Jus (con más porcentaje legal y posible IVA).
- Honorarios del perito contador FONTANA MARIA ISABEL: PESOS SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL ($ 625.000 ), más 10% y con retención del 7%.
- Intímase a la demandada a abonar en diez días la tasa y sobretasa de justicia por $275.000 y $13.750 respectivamente.
- Instrucciones para el pago por depósito/transferencia a cuenta bancaria de exclusiva titularidad de la actora; suspensión del plazo hasta que denuncie la cuenta; pautas para concepto bancario ("HABERES", "PAGO POR ORDEN JUDICIAL"), justificación con comprobantes dentro de cinco días, y reglas para pago de honorarios, aportes e IVA.
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