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ROGAL ESTELA NOEMI C/ ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

La actora promovió acción especial por accidente de trabajo por lesión en dedos de la mano izquierda y reclamó reparación integral. El Tribunal hizo lugar a la demanda, reconoció una incapacidad permanente parcial del 2,24% y condenó a ASOCIART ART SA al pago de $3.330.377,65, además de declarar inconstitucional el DNU 669/2019.

Accidente de trabajo Incapacidad permanente parcial Lrt 24.557 Dnu 669/2019 inconstitucionalidad Indemnizacion $3.330.377 65 Baremo Ibm $1.299.642 41 Comision medica Intereses Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Estela Noemí Rogal, representada por Dr. Juan Patricio Raffo. Demandado: ASOCIART ART SA (aseguradora de riesgos del trabajo de la empleadora Calcon SRL). Objeto: Indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo ocurrido el 31 de diciembre de 2024, con secuelas en dedos índice y mayor de la mano izquierda; impugnación de la resolución administrativa de la Comisión Médica y cuestionamientos de constitucionalidad (entre otros). Decisión: Se hizo lugar a la demanda. Se reconoció incapacidad laboral permanente parcial del 2,24% (T.O.), se declaró la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU 669/2019, y se condenó a ASOCIART ART SA a pagar $3.330.377,65 en el plazo de diez días hábiles, con costas a la demandada. Se regulan honorarios y peritos conforme al detalle del fallo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "En la pericia médica, el Dr. Sebastian Lucas Faiad da cuenta del examen físico realizado a la actora y compulsa de estudios complementarios que describe en su informe y concluye que el accidente acaecido por la trabajadora en ocasión de realizar sus tareas, por el que se reclama en autos ha ocasionado secuelas que le representan incapacidad laborativa... existe una relación de causalidad directa entre el accidente laboral denunciado y las secuelas clínicas constatadas, por lo que estima el porcentaje de incapacidad final acorde al Baremo de Ley Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales, por limitación funcional en articulación interfalángica distal del dedo índice de la mano izquierda 2%, y propone incorporar como factores de ponderación, dificultad: intermedia 10% y edad (61 años) 2%, resultando finalmente una incapacidad del 2,24%, de tipo permanente y grado parcial." "Este informe no mereció observaciones de las partes y posee suficiente rigor científico para que no me aparte de sus conclusiones... De esta forma concluyo que Estela Noemi Rogal como consecuencia del accidente motivo de autos presenta una incapacidad del orden del 2,24% sobre el total obrero con carácter de parcial y permanente." "Por ello, propongo declarar la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU (669/2019) el que en consecuencia, no resulta aplicable en autos... Con respecto al DNU 669/19 el Tribunal ya se ha expedido declarando su inconstitucionalidad e inaplicabilidad por los distintos fundamentos expresados en las sentencias pronunciadas, a los que adhiero y remito... sin que se observe el cumplimiento de la intervención legislativa por parte del Congreso Nacional..." "Sentado lo expuesto y de conformidad con el texto del art. 12 ley 24.557 (t.o. ley 27.348
- apartado 2º-), al ingreso base actualizado habrán de adicionarse intereses calculados al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina a contar desde la fecha del accidente y hasta el momento de la liquidación por determinación de la incapacidad laboral definitiva... Dicha operación matemática arroja un ingreso base actualizado y con interés que asciende a la suma de $2.062.599,65... $2.062.599,65 x 53 x 65/60 x 2.24 % = $2.652.778,16..." "A partir de ello... considerar que la fórmula calculada supera el piso mínimo publicado a la fecha del dictado de la presente conforme Res. SRT 15/26 ($97.502.420 x 2,24%= $2.184.054), considero corresponde aplicar la norma vigente... III. d) ...corresponde aplicar la fórmula de ley por resultar más favorable al trabajador... $2.652.778,16 + $530.555,63 (20%) = $3.183.333,79... $3.183.333,79 (capital) + $147.043,86 (interés)= $3.330.377,65." "Por todo ello... 2) HACER LUGAR a la demanda interpuesta por ESTELA NOEMI ROGAL contra ASOCIART ART SA... y en consecuencia condenar a la demandada a abonarle a la actora, en el término de diez días de notificada, la suma de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 65/00 ($3.330.377,65). 4) COSTAS: Las costas de esta acción se imponen a la parte demandada ASOCIART ART SA por resultar vencida (arts. 24 ley 15.057)."
- Votos: El Dr. Valcarce redacta el voto principal con los fundamentos citados; la Dra. Cáceres y el Dr. Gabriele adhieren, este último con la salvedad de entender corresponder aplicar un interés puro del 6% anual, mientras la mayoría decide adicionar un interés puro del 3% anual sobre las sumas de capital.

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