CALDERON RAMON DARIO Y OTROS C/ INDUSPOLIMEROS S.A S/ EJECUCION DE SENTENCIA
Incidente de ejecución para cobrar sentencia laboral por $29.112.958,82 y actualización del crédito. El Tribunal hace lugar, declara la inconstitucionalidad del art. 7 ley 23.928 (aplicación concreta) y ordena la actualización conforme índice RIPTE y, para lo que exceda, el CER.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ramón Darío Calderón (y otros), por intermedio de su letrado Dr. Nicolás Gaud.
Demandado: INDUSPOLIMEROS S.A. (CUIT 20-22921416-1).
Objeto: incidente de ejecución de sentencia sobre título ejecutivo proveniente de autos "CALDERON RAMON DARIO C/ INDUSPOL AISLACIONES S. R. L. S/ DESPIDO" (Expte. Nº 37.449), por la suma de $29.112.958,82, solicitando actualización del crédito y declaración de inconstitucionalidad del art. 7 ley 23.928 (texto según ley 25.561), aplicando el precedente "Barrios" (C. 124.096 SCBA) y el art. 770 inc. C CCyC.
Decisión: Se hizo lugar al incidente de ejecución; se decretó la inconstitucionalidad del art. 7 ley 23.928 en su aplicación al caso; se ordenó continuar la ejecución y practicar la liquidación conforme índice RIPTE desde la fecha de mora (mencionada alternativamente como 21/04/2025 y 25/05/2025 en el pronunciamiento) y hasta su efectivo pago, usando el CER para los días que excedan el RIPTE; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo, en lenguaje original del Tribunal):
"Del Superior Tribunal provincial ha dicho '...El reajuste del importe del crédito a tenor de la depreciación monetaria posterior a la sentencia no significa incremento sino mantenimiento del valor real del mismo, o sea que no agrava la obligación del deudor ni mejora el crédito del acreedor, sino que tiende a conservar incólumes sus valores económicos, sin perjuicios ni beneficios efectivos para las partes, en tanto las pautas utilizadas atienden a la depreciación realmente producida, por lo que corresponde que el capital de condena sea repotenciado en el lapso transcurrido desde que la sentencia fue dictada hasta la fecha del efectivo pago' (SCBA LP L 37465 S 30/06/1987, Rodríguez, María Esther c/Frigorífico Minguillón SACIFI s/Indemnización por accidente de trabajo, Publicación: AyS 1987-II, 593)."
"En función de los argumentos fácticos y jurídicos expuestos antecedentemente, considero que la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, texto según ley 25.561, en su estricta aplicación al caso enjuiciado, debe ser declarada."
"Por consiguiente, considero que debe decretarse la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, texto según ley 25.561, en su aplicación al caso, procediéndose a actualizar la liquidación, conforme índice Ripte. debiendo emplear el índice de ajuste diario elaborado por el Banco Central (CER), para los días que excedan el indice señalado."
Propuesta de fallo adoptada por mayoría:
"I.
- Decretar la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, texto según ley 25.561, en el presente caso en concreto...
II.
- Mandar a llevar adelante la presente ejecución... por la suma de pesos veintinueve millones ciento doce mil novecientos cincuenta y ocho con ochenta y dos centavos ($29.112.958,82.)...
III.
- Ordenar se proceda a realizar la liquidación que deberán practicar las partes, conforme índice RIPTE... desde la fecha de la mora (25/05/2025) y hasta su efectivo pago, debiendo emplear el índice de ajuste diario elaborado por el Banco Central (CER), para los días que excedan el indice señalado."
(Adhesión expresa de los Dres. Bertolotti y Ortega a los fundamentos y voto de la Dra. Rodriguez Traversa.)
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