FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ VAZQUEZ GLADYS BEATRIZ S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió ejecución apremio provincial por deuda fiscal por $1.194.147,60 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago integral, con costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Demandado: VAZQUEZ GLADYS BEATRIZ.
Objeto: Ejecución apremio provincial por capital reclamado de Pesos UN MILLON CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE CON 60/100 ($1.194.147,60) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda, ordenando llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital y los intereses; costas a la demandada; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes tal como consta en el fallo):
I. "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."
II. "Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor VAZQUEZ GLADYS BEATRIZ haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos UN MILLON CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE CON 60/100 ($1.194.147,60) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."
III. "REGISTRESE. NOTIFIQUESE, de conformidad con lo dispuesto en el art. 10 del Anexo único de la Ac. 4013 SCBA, al 27293717791@notificaciones.scba.gov.ar."
Citas normativas relevantes incluidas en la sentencia: arts. 166 y 155 CPCC; arts. 540, 549, 556 CPCC; art. 10 ley 13.406; art. 104 Código Fiscal; art. 68 CPCC; art. 10 Anexo único Ac. 4013 SCBA.
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