RODRIGUEZ MARCELO ALEJANDRO C/ MUNICIPALIDAD DE LA PLATA S/ AMPARO POR MORA
El actor promovió acción de amparo por mora contra la Municipalidad de La Plata solicitando pronto despacho de expediente administrativo por denuncia bajo la Ley 24.240. El Tribunal hizo lugar al amparo por mora y ordenó a la Municipalidad que despache el expediente en el plazo perentorio de treinta (30) días, por configurarse demora injustificada que vulnera el derecho a peticionar y a una respuesta fundada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Marcelo Alejandro Rodríguez (DNI N° 17.815.952), representado por el Dr. Julián Rodríguez.
Demandado: Municipalidad de La Plata.
Objeto: Acción de amparo por mora para que la Municipalidad dicte resolución en el expediente administrativo "RODRIGUEZ MARCELO ALEJANDRO c. MERCADO LIBRE s. DENUNCIA LEY 24240" iniciado el 23/06/2023, reclamando tutela de derechos como consumidor y pronto despacho según art. 76 CCA.
Decisión: Se hizo lugar al amparo por mora, ordenando a la Municipalidad de La Plata que despache el expediente referido dentro del plazo perentorio de treinta (30) días desde la notificación, bajo apercibimiento de sanciones; se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"El art. 76 inc. 1 del CCA prevé que 'el que fuere parte en un procedimiento administrativo, podrá solicitar judicialmente se libre orden judicial de pronto despacho. Dicha orden será procedente cuando alguno de los entes referidos en el artículo 1° del presente Código hubiere dejado vencer los plazos fijados y, en caso de no existir éstos, si hubiere transcurrido un plazo que excediere de lo razonable, sin emitir la resolución o el acto de trámite o preparatorio que requiera el interesado o corresponda adoptar para continuar o resolver el procedimiento' (SCBA ... 'G. G. A. C/ IOMA S/Amparo por mora')."
"Atendiendo al tiempo transcurrido entre que el actor presentó su petición en sede administrativa -23.06.2025-, hasta el último movimiento en el expediente adm. de fecha 15/12/25 mediante el cual la comuna solicitó información a la empresa potencialmente infractora, resulta ostensible la configuración de una mora en la prosecución del expediente administrativo denunciado por la actora. Consecuentemente, no advirtiéndose causa que justifique la demora, corresponde acoger la pretensión deducida."
"La demora incurrida por la Administración obligó al administrado a iniciar el presente proceso para lograr un pronunciamiento expreso; pues, frente al derecho de los administrados de obtener respuestas claras y en tiempo oportuno, por parte de la administración, existe obligación expresa de ésta de expedirse mediante un acto administrativo (arts. 48, 50, 54, 76, 77 y 78 del decreto ley 7647/70)."
Resolución práctica:
"1.
- Hacer lugar a la acción de amparo por mora deducida en autos, ordenando a la Municipalidad de La Plata a que despache el expediente administrativo 'RODRIGUEZ MARCELO ALEJANDRO c. MERCADO LIBRE s. DENUNCIA LEY 24240' (Ref.: ID 13713), a cuyos efectos se le confiere un plazo perentorio de treinta (30) días, computados a partir de la notificación del presente, bajo apercibimiento de las sanciones que hubiere a lugar (arts. 1 y 50 dec.-ley 7647/70, 163 Const. Prov., 77 CCA, y 37 CPCC)."
- Costas y honorarios: se impusieron las costas a la demandada; honorarios del letrado de la actora regulados en CINCO (5) UNIDADES ARANCELARIAS JUS, más 10% de aporte legal y IVA si corresponde.
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